Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya (BOCM-20221020-89)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 250
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 397
1.3. Funciones.—Le corresponderá, con carácter general, encargarse de las tareas
propias de Técnico de Administración General, de la Mancomunidad de Servicios Valle
Norte del Lozoya.
Asimismo, le corresponde las siguientes:
Funciones específicas:
1. Gestión Económico-Financiera.
2. Gestión Recursos Humanos.
3. Gestión y control de subvenciones.
4. Gestión de desarrollo local.
5. Apoyo a la Intervención.
6. En general, actividades administrativas de colaboración, tramitación, preparación,
comprobación, actualización, elaboración y administración de datos, inventario
de bienes y materiales, tareas ofimáticas, manuales o de cálculo numérico, de información y despacho o de atención al público y otras relacionadas con las anteriores que, por su complejidad, no sean propias del cuerpo superior o del de gestión, señaladas en el artículo 169.1.c) del Real Decreto Legislativo 781/1986,
de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, para la escala técnica.
7. Cualquier otra, relacionada con el puesto, que le encomiende su superior jerárquico.
1.4. Procedimiento de selección.—El sistema selectivo en el procedimiento extraordinario de estabilización será el de Concurso de méritos, de conformidad con las puntuaciones y méritos que se especifican en las presentes bases.
Se garantizará en todo caso el cumplimiento de los principios constitucionales de
igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Segunda. Normas generales
La convocatoria de la plaza se regirá por las presentes bases, y en lo no previsto en estas Bases Específicas se estará a lo dispuesto en la normativa legal de aplicación y en las Bases Generales modificadas por las que se regirán las convocatorias incluidas en los procedimientos diferenciados extraordinarios de consolidación y estabilización de empleo temporal
para la provisión de diferentes plazas de personal funcionario de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya, publicadas anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 302, de fecha 20 de diciembre de 2020 que regirán cuantos aspectos no queden regulados en la legislación específica mencionada en las mismas.
Tercera. Requisitos de los aspirantes
Los/las aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en el apartado 5, de las Bases Generales, deberán estar en posesión del título de Licenciatura en Económicas y/o
Administración de Empresas, u otro equivalente que habiliten para el ejercicio de esta profesión, según establecen las directivas comunitarias, o aquellos otros homologados equiparables al anterior por disposición normativa. Los aspirantes que aleguen estudios equiparables a los exigidos habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia
o, en su caso, aportar la certificación expedida por el organismo competente en materia de
homologación de títulos académicos que acredite la citada equivalencia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
En lo referente a la publicación y presentación de solicitudes y documentos a acompañar a las solicitudes se estará a lo establecido en el apartado 6, de las Bases Generales citadas anteriormente.
La alegación y acreditación de los méritos se hará, junto con la solicitud y en el plazo
de presentación de las mismas, mediante Anexo de Autovaloración de méritos, al que se adjuntará, fotocopia de los documentos enumerados que sirvan de prueba para la justificación
de cada uno de los méritos.
BOCM-20221020-89
Cuarta. Publicación y solicitudes
B.O.C.M. Núm. 250
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE OCTUBRE DE 2022
Pág. 397
1.3. Funciones.—Le corresponderá, con carácter general, encargarse de las tareas
propias de Técnico de Administración General, de la Mancomunidad de Servicios Valle
Norte del Lozoya.
Asimismo, le corresponde las siguientes:
Funciones específicas:
1. Gestión Económico-Financiera.
2. Gestión Recursos Humanos.
3. Gestión y control de subvenciones.
4. Gestión de desarrollo local.
5. Apoyo a la Intervención.
6. En general, actividades administrativas de colaboración, tramitación, preparación,
comprobación, actualización, elaboración y administración de datos, inventario
de bienes y materiales, tareas ofimáticas, manuales o de cálculo numérico, de información y despacho o de atención al público y otras relacionadas con las anteriores que, por su complejidad, no sean propias del cuerpo superior o del de gestión, señaladas en el artículo 169.1.c) del Real Decreto Legislativo 781/1986,
de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, para la escala técnica.
7. Cualquier otra, relacionada con el puesto, que le encomiende su superior jerárquico.
1.4. Procedimiento de selección.—El sistema selectivo en el procedimiento extraordinario de estabilización será el de Concurso de méritos, de conformidad con las puntuaciones y méritos que se especifican en las presentes bases.
Se garantizará en todo caso el cumplimiento de los principios constitucionales de
igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Segunda. Normas generales
La convocatoria de la plaza se regirá por las presentes bases, y en lo no previsto en estas Bases Específicas se estará a lo dispuesto en la normativa legal de aplicación y en las Bases Generales modificadas por las que se regirán las convocatorias incluidas en los procedimientos diferenciados extraordinarios de consolidación y estabilización de empleo temporal
para la provisión de diferentes plazas de personal funcionario de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya, publicadas anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 302, de fecha 20 de diciembre de 2020 que regirán cuantos aspectos no queden regulados en la legislación específica mencionada en las mismas.
Tercera. Requisitos de los aspirantes
Los/las aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en el apartado 5, de las Bases Generales, deberán estar en posesión del título de Licenciatura en Económicas y/o
Administración de Empresas, u otro equivalente que habiliten para el ejercicio de esta profesión, según establecen las directivas comunitarias, o aquellos otros homologados equiparables al anterior por disposición normativa. Los aspirantes que aleguen estudios equiparables a los exigidos habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia
o, en su caso, aportar la certificación expedida por el organismo competente en materia de
homologación de títulos académicos que acredite la citada equivalencia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la
correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
En lo referente a la publicación y presentación de solicitudes y documentos a acompañar a las solicitudes se estará a lo establecido en el apartado 6, de las Bases Generales citadas anteriormente.
La alegación y acreditación de los méritos se hará, junto con la solicitud y en el plazo
de presentación de las mismas, mediante Anexo de Autovaloración de méritos, al que se adjuntará, fotocopia de los documentos enumerados que sirvan de prueba para la justificación
de cada uno de los méritos.
BOCM-20221020-89
Cuarta. Publicación y solicitudes