C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221019-27)
Bases ayudas –  Orden 3026/2022, de 10 de octubre, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para contribuir a la mejora de la cooperación público privada en materia de I+D+I mediante proyectos de efecto tractor en consorcio
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 249

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE OCTUBRE DE 2022

Pág. 79

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, excepto en el caso de tener cofinanciación
FEDER, en que no podrá disolverse hasta 3 años a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los
gastos de la operación, de conformidad con el artículo 140.1 y 2 del Reglamento 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.
3. Las entidades solicitantes y los miembros que componen las mismas podrán acreditar el cumplimiento de las condiciones para poder ser beneficiarias, y todos los requisitos
establecidos en este artículo y en el anterior, mediante declaración responsable.
4. Los requisitos deberán cumplirse en el momento de presentar las solicitudes y
mantenerse durante todo el período subvencionable.
Artículo 8
Exclusiones a la condición de entidad beneficiaria
1. No podrán adquirir la condición de entidad beneficiaria:
a) Las entidades que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una
decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal o
incompatible con el mercado común.
b) Las empresas en crisis, conforme a la definición del artículo 2.18, del Reglamento
(UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
c) Las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias descritas en el
artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
d) Las entidades que hayan presentado solicitudes cuyo contenido y/o actividades no se
adecue a los objetivos y líneas temáticas prioritarias señaladas en las convocatorias.
Artículo 9
1. En los proyectos deberá participar como mínimo un organismo de investigación,
bien como miembro de la agrupación o bien como subcontratista.
2. A cada parte del proyecto a realizar por cada miembro de la agrupación se le asignará en la evaluación una tipología de proyecto de las enumeradas en el punto siguiente.
3. Tipología de las actividades subvencionables:
Serán subvencionables, según se establezca en las diferentes convocatorias, los siguientes
tipos de proyectos:
a) Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o
de desarrollo experimental, destinados a la adquisición de conocimientos que puedan resultar de utilidad para la creación o mejora de productos, procesos o servicios tecnológicos.
b) Proyectos de investigación industrial, entendiendo por tal la investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos
y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos,
procesos o servicios, o contribuir a mejorar considerablemente los productos, procesos o servicios existentes. Incluye la creación de componentes de sistemas
complejos que sean necesarios para investigación industrial, especialmente la validación de tecnología genérica, salvo los prototipos.
c) Proyectos de desarrollo experimental, entendiendo por tal la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de
índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Podrá incluir, por ejemplo, otras actividades de
definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos y servicios, incluidos los prototipos. Entre las actividades podrá figurar la
elaboración de proyectos, diseños, planes y demás tipos de documentación
siempre y cuando no vaya destinada a usos comerciales.
d) Proyectos de investigación fundamental entendiendo por tal trabajos experimentales
o teóricos emprendidos con el objetivo primordial de adquirir nuevos conocimientos acerca de los fundamentos subyacentes de los fenómenos y hechos observables,
sin perspectivas de aplicación o utilización comercial directa.

BOCM-20221019-27

Actuaciones subvencionables