C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221001-1)
Convenio colectivo – Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del Sector del Comercio del Metal, suscrito por la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) y por CC OO y UGT (código número 28000745011982)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 24
SÁBADO 1 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 234
GRUPO PROFESIONAL 4
Criterios Generales
Aquellas personas trabajadoras que realizan tareas que consisten en la ejecución de trabajos que,
aunque se realizan bajo instrucciones precisas, requieren adecuados conocimientos profesionales y
aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una supervisión sistemática.
Formación: Titulación equiparable a Enseñanza Secundaria Obligatoria, ciclo formativo de grado
medio o conocimientos equivalentes reconocidos por la empresa y/o formación en el puesto de
trabajo o conocimientos adquiridos en el desempeño de la profesión.
Este grupo profesional comprende las siguientes divisiones funcionales y niveles salariales:
Este grupo profesional comprende la división funcional de Empleados de Estructura!, a título
orientativo, los siguientes:
–
Contable, cajero/a, Oficial 1ª admvo./a
–
Operador/a de ordenador
–
Jefe/a de sección
–
Practicante / ATS
–
Dependiente/a Mayor
–
Viajante
–
Conductor/a “D” y “E”
–
Encargado/a de establecimiento
–
Corredor de plaza
–
Oficial Admvo./a 2ª
–
Dependiente/a 22 años
Tareas:
1.
Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios a la vista de ofertas recibidas,
recepción y tramitación de pedidos y propuestas de contestación.
2.
Tareas que consisten en establecer, en base a documentos contables, una parte de la
contabilidad.
3.
Preparación y operación del equipo informático para la ejecución de los procesos planificados. Preparación de los materiales de entrada/salida necesarios para los trabajos a realizar. Operar el ordenador de acuerdo con las instrucciones del manual del operador.
Controla la ejecución de los trabajos e informa de las anomalías o incidentes ocurridos
durante el proceso determinando en lo posible si son consecuencia de fallos del ordenador,
del sistema operativo o del programa. Registra los tiempos de utilización de equipos.
4.
Tareas comerciales realizando habituales viajes, según la ruta previamente señalada, para
ofrecer artículos, tomar nota de los pedidos, informar a los clientes, transmitir los encargos
recibidos y cuidar de su cumplimiento fuera del tiempo dedicado a los viajes, sin menoscabo de su dignidad profesional.
5.
Tareas al frente de un pequeño establecimiento bajo la directa dependencia de la Empresa,
teniendo a su cargo verificar las compras, retirar los pedidos, efectuar los ingresos, etc.
6.
Realización de labores comerciales en establecimientos o en casas particulares de la
misma en que radica el establecimiento a cuyo servicio está, ofreciendo artículos, tomando
nota de los pedidos, informando a los clientes, transmitiendo los encargos recibidos y velando por su cumplimiento.
7.
Encargado de realizar las ventas, con conocimientos prácticos de los artículos cuyo despacho le está confiado, en forma que pueda orientar al público en sus compras (cantidad
precisa, según características del uso a que se destine, novedades, etc.); deberá cuidar el
recuento de mercancías para solicitar su reposición en tiempo oportuno y de exhibición en
escaparates y vitrinas, poseyendo además los conocimientos elementales de cálculo
mercantil que son necesarios para efectuar las ventas.
BOCM-20221001-1
Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que,
por analogía, son asimilables a las siguientes:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 24
SÁBADO 1 DE OCTUBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 234
GRUPO PROFESIONAL 4
Criterios Generales
Aquellas personas trabajadoras que realizan tareas que consisten en la ejecución de trabajos que,
aunque se realizan bajo instrucciones precisas, requieren adecuados conocimientos profesionales y
aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una supervisión sistemática.
Formación: Titulación equiparable a Enseñanza Secundaria Obligatoria, ciclo formativo de grado
medio o conocimientos equivalentes reconocidos por la empresa y/o formación en el puesto de
trabajo o conocimientos adquiridos en el desempeño de la profesión.
Este grupo profesional comprende las siguientes divisiones funcionales y niveles salariales:
Este grupo profesional comprende la división funcional de Empleados de Estructura!, a título
orientativo, los siguientes:
–
Contable, cajero/a, Oficial 1ª admvo./a
–
Operador/a de ordenador
–
Jefe/a de sección
–
Practicante / ATS
–
Dependiente/a Mayor
–
Viajante
–
Conductor/a “D” y “E”
–
Encargado/a de establecimiento
–
Corredor de plaza
–
Oficial Admvo./a 2ª
–
Dependiente/a 22 años
Tareas:
1.
Redacción de correspondencia comercial, cálculo de precios a la vista de ofertas recibidas,
recepción y tramitación de pedidos y propuestas de contestación.
2.
Tareas que consisten en establecer, en base a documentos contables, una parte de la
contabilidad.
3.
Preparación y operación del equipo informático para la ejecución de los procesos planificados. Preparación de los materiales de entrada/salida necesarios para los trabajos a realizar. Operar el ordenador de acuerdo con las instrucciones del manual del operador.
Controla la ejecución de los trabajos e informa de las anomalías o incidentes ocurridos
durante el proceso determinando en lo posible si son consecuencia de fallos del ordenador,
del sistema operativo o del programa. Registra los tiempos de utilización de equipos.
4.
Tareas comerciales realizando habituales viajes, según la ruta previamente señalada, para
ofrecer artículos, tomar nota de los pedidos, informar a los clientes, transmitir los encargos
recibidos y cuidar de su cumplimiento fuera del tiempo dedicado a los viajes, sin menoscabo de su dignidad profesional.
5.
Tareas al frente de un pequeño establecimiento bajo la directa dependencia de la Empresa,
teniendo a su cargo verificar las compras, retirar los pedidos, efectuar los ingresos, etc.
6.
Realización de labores comerciales en establecimientos o en casas particulares de la
misma en que radica el establecimiento a cuyo servicio está, ofreciendo artículos, tomando
nota de los pedidos, informando a los clientes, transmitiendo los encargos recibidos y velando por su cumplimiento.
7.
Encargado de realizar las ventas, con conocimientos prácticos de los artículos cuyo despacho le está confiado, en forma que pueda orientar al público en sus compras (cantidad
precisa, según características del uso a que se destine, novedades, etc.); deberá cuidar el
recuento de mercancías para solicitar su reposición en tiempo oportuno y de exhibición en
escaparates y vitrinas, poseyendo además los conocimientos elementales de cálculo
mercantil que son necesarios para efectuar las ventas.
BOCM-20221001-1
Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que,
por analogía, son asimilables a las siguientes: