Madrid (BOCM-20220225-73)
Régimen económico. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 48

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
73

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Vicealcaldía
Extracto de los Decretos de 17 de diciembre de 2021 y 10 de febrero de 2022, de la delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, por el que se aprueba y amplia la financiación de la convocatoria pública de subvenciones 2022 para la realización de proyectos de
cooperación internacional en el marco de la superación y recuperación de los impactos de
la COVID-19.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—Las organizaciones o agrupaciones de entidades sin ánimo
de lucro inscritas en el Registro nacional o autonómico de Asociaciones o Fundaciones con,
al menos 2 años de anterioridad a la publicación de esta convocatoria, que tengan como fines institucionales la realización de actividades de cooperación para el desarrollo, debiendo
disponer de sede abierta o delegación permanente en el Municipio de Madrid dotada de personal permanente, estar inscritas en el Registro de ONGD adscrito a la Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), en las que concurran las circunstancias previstas en el artículo 15 de la OBRGS y en el artículo 4 de la presente convocatoria y
en las que no concurra ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3, del
artículo 13, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo. Objeto.—El objeto de la convocatoria es la cofinanciación de proyectos de
cooperación internacional para el desarrollo que deberán tener como finalidad el acompañamiento a la vuelta a la normalidad en los diferentes países de intervención contribuyendo a superar los impactos causados por la COVID-19 y a mejorar la capacidad de respuesta futura frente a crisis sanitarias y al avance hacia los ODS y sus metas mediante
intervenciones de desarrollo local sostenible y de fortalecimiento de la gobernabilidad local alineados con la Agenda 2030.
Tercero. Bases reguladoras.—Bases reguladoras contenidas en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de
Madrid y sus Organismos Públicos (OBRGS), de 30 de octubre de 2013 (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013), modificada por
Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 31 de mayo de 2017 (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 138, de 12 de junio de 2017).
Cuarto. Cuantía.—La cuantía máxima total estimada de la convocatoria asciende
a 5.950.000 euros, y se financiará con cargo a los créditos establecidos en el programa “Cooperación y Ciudadanía Global” del presupuesto municipal del año 2022, quedando su concesión condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la
resolución de la concesión.
Ningún proyecto podrá recibir una ayuda inferior a 80.000 euros ni superior a 350.000 euros.
Los proyectos que presenten las entidades podrán recibir hasta un máximo de 80
por 100 de subvención del coste total del proyecto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las
solicitudes será de treinta días naturales contados a partir de las 12.00 horas peninsular española del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, finalizando el mismo a las 12.00 horas peninsular española del último día de plazo.

BOCM-20220225-73

BDNS ID 602187