Móstoles número 4 (BOCM-20220225-113)
Procedimiento 783/2019
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BOCM
Pág. 358
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE FEBRERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 48
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
113
MÓSTOLES NÚMERO 4
EDICTO
En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 783/2019,
por no ser conocido el domicilio de Big Reforma Grabu, S. L., por resolución de 16 de diciembre de 2021, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC,
se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 6 de julio de 2021.
Fallo
BOCM-20220225-113
Que estimando la demanda formulada por la representación de don Antonio Zurita López, debo condenar y condeno a Big Reforma Grabu, S. L. a que abone a la actora la suma
de 8.174,24 euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial; así como al abono de las costas procesales.
Y para que sirva de notificación a Big Reforma Grabu, S. L., expido y firmo la presente.
En Móstoles, a 16 de diciembre de 2021.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).
(02/2.216/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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VIERNES 25 DE FEBRERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 48
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
113
MÓSTOLES NÚMERO 4
EDICTO
En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 783/2019,
por no ser conocido el domicilio de Big Reforma Grabu, S. L., por resolución de 16 de diciembre de 2021, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC,
se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 6 de julio de 2021.
Fallo
BOCM-20220225-113
Que estimando la demanda formulada por la representación de don Antonio Zurita López, debo condenar y condeno a Big Reforma Grabu, S. L. a que abone a la actora la suma
de 8.174,24 euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial; así como al abono de las costas procesales.
Y para que sirva de notificación a Big Reforma Grabu, S. L., expido y firmo la presente.
En Móstoles, a 16 de diciembre de 2021.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).
(02/2.216/22)
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