Boadilla del Monte (BOCM-20220225-84)
Personal. Nombramiento
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 48

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84

BOADILLA DEL MONTE
PERSONAL

De conformidad con lo establecido en el apartado 11.o de las bases generales aprobadas en el marco del “Plan de consolidación y estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Boadilla del Monte” (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 38, de 15 de febrero de 2021), así como en la base 16.a, de las específicas que rigen
el proceso selectivo, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, Decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior,
Patrimonio y Compras número 780/2022, de fecha 14 de febrero, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Nombrar funcionaria de carrera en la categoría de Técnico de Gestión de Subvenciones, Convenios, Formación y Empleo, de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Media, Grupo A, Subgrupo A2, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte,
a la persona que a continuación se relaciona, quedando adscrita al puesto que se indica:

1

APELLIDOS Y NOMBRE
CALVO ARROJO, CLARA EUGENIA

DNI
***9486**

PUESTO
ADJUDICADO
TÉCNICO GESTIÓN

SERVICIO
Ayudas, Convenios y Subvenciones

2.o La aspirante deberá tomar posesión en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID. Transcurrido el plazo señalado sin que haya tomado posesión sin causa justificada y
salvo casos de fuerza mayor, se le tendrá por desistida en su derecho al nombramiento.
3.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital, y en su página web municipal (http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org).
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).

BOCM-20220225-84


ORDEN