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Acuerdo adquisición vacunas –  Acuerdo de 3 de junio de 2021, entre el Ministerio de Sanidad y la Comunidad de Madrid, para fijar las condiciones de la adquisición de vacunas frente a la gripe estacional
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 48

frente a la gripe estacional al que se han adherido las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y las siguientes Comunidades Autónomas: Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Comunitat Valenciana, Extremadura,
Madrid, Murcia, Navarra y La Rioja. Por parte de la Administración General del Estado, participarán el Ministerio de Sanidad, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA), el
Ministerio de Defensa y la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio
del Interior con el objetivo de reducir el coste del programa de vacunaciones en España.
9. Que las partes coinciden en la conveniencia de aunar esfuerzos e impulsar, desde
el ámbito de competencias del Ministerio de Sanidad, no solo aquellas iniciativas dirigidas
a mejorar las condiciones de vida y de salud de los ciudadanos, sino también aquellas actuaciones que son necesarias para cumplir los objetivos de estabilidad presupuestaria.
El Acuerdo que hoy se suscribe lleva a efecto la voluntad de las Administraciones intervinientes de posibilitar el objetivo último que es garantizar la protección de la salud, al
tiempo que se conjuga con la reducción del déficit, a través de medidas concretas de contención del gasto y ahorro en costes de adquisición y, en consecuencia, las partes intervinientes proceden a la formalización del presente Acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del Acuerdo
El presente Acuerdo tiene como objeto articular el modo en que se formalizará la
vinculación voluntaria de la Comunidad de Madrid, al Acuerdo Marco que se tramitará desde el Ministerio de Sanidad, con diferentes Comunidades Autónomas y las ciudades de
Ceuta y Melilla y determinados órganos de contratación de la Administración General del
Estado y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA).
El régimen jurídico del Acuerdo Marco al que hace referencia el anterior párrafo será
el regulado en los artículos 218 a 222, así como en la disposición adicional vigésimo séptima de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Este Acuerdo
Marco tendrá como finalidad la selección de suministradores, la fijación de precios máximos y el establecimiento de las bases que regirán los contratos derivados de suministros de
las vacunas.
Segunda
La Comunidad de Madrid acuerda con el Ministerio de Sanidad que éste asuma la tramitación del procedimiento para fijar las condiciones a que habrán de ajustarse los contratos de suministro de las vacunas frente a la gripe relacionadas en el Anexo I.
Las previsiones iniciales de vacunas recogidas en el Anexo I se considerarán meramente estimativas por la naturaleza misma del suministro, dado que no se puede conocer
con precisión y con antelación suficiente el número de dosis que se precisarán. Por ello, las
estimaciones realizadas con motivo de la preparación del Acuerdo Marco, y aquí reflejadas, se deben considerar flexibles. El número de dosis se concretará en función a las necesidades reales cuando se liciten los contratos basados.
En caso de sobrevenir necesidades no previstas inicialmente, la Comunidad de Madrid
podrá solicitar posteriormente al Ministerio de Sanidad la adhesión a cualquiera de los lotes
recogidos en el Acuerdo Marco y a los que no se adhiere en este momento, siempre que se
cumplan los requisitos establecidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público para la modificación de los contratos, conforme establece su artículo 222.1.
Para llevar a cabo dicho objetivo el Ministerio de Sanidad, con la conformidad de la
Comunidad de Madrid, ha aprobado los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares
y de Prescripciones Técnicas que se acompañan como Anexo II a este Acuerdo con el fin
de tramitar el procedimiento por el que se seleccionará a los suministradores de vacunas y
se fijarán los precios de las mismas, todo ello de acuerdo con los principios de publicidad,
concurrencia y una eficiente utilización de los fondos públicos.
Posteriormente, de acuerdo con sus necesidades, el órgano de contratación competente de la Comunidad de Madrid formalizará los correspondientes contratos basados de suministro de vacunas frente a la gripe estacional, de acuerdo con lo estipulado en los Pliegos de

BOCM-20220225-50

Contenido del Acuerdo