Madrid número 29 (BOCM-20220219-14)
Procedimiento 1098/2021
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 42

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
14

MADRID NÚMERO 29
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ISMAEL PEREZ MARTINEZ letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo Social n° 29 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1098/2021 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. VICENTE DE LA TORRE CAPITAN MARTINEZ frente a REFORCASA INTEGRAL SL sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente
resolución:
SENTENCIA n° 23/2022
En la Ciudad de Madrid, a 27 de enero de 2022.
Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez, Dña. Mª Aránzazu Espejo-Saavedra López,
los precedentes autos de Juicio de Despido número 1098/2021 seguidos a instancia de
D.VICENTE DE LA TORRE CAPITÁN MARTÍNEZ, asistido de la letrada Sra. Reino
Rodríguez, frente a REFORCASA INTEGRAL S.L, que no comparece, con intervención
del FOGASA, que tampoco comparece, sobre despido y cantidad.
En Nombre del Rey se ha dictado la siguiente sentencia, resultando los siguientes:
FALLO
Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D. VICENTE DE LA TORRE CAPITÁN MARTÍNEZ, frente a REFORCASA INTEGRAL
S.L, que no comparece, con intervención del FOGASA, que no comparece, sobre despido
y cantidad:

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo
por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a
su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se
advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55
0049 3569 9200 0500 1274 con n° 2802-0000-61-1098-21 del BANCO DE SANTANDER
aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval
de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente
abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha
de seguir todos los pasos siguientes:
Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de

BOCM-20220219-14

Declaro la improcedencia del despido de D. VICENTE DE LA TORRE CAPITÁN
MARTÍNEZ y declaro extinguida la relación laboral entre las partes con fecha 27 de enero
de 2022, y en consecuencia debo condenar y condeno a REFORCASA INTEGRAL S.L a
que abone al actor la suma de 47.880,07 euros en concepto de indemnización 10.866 euros
brutos en concepto de salarios de tramitación, sin perjuicio de las deducciones que puedan
corresponder respecto de éstos últimos.
Condeno a REFORCASA INTEGRAL S.L a satisfacer a D. VICENTE DE LA TORRE CAPITÁN MARTÍNEZ la suma de 2.763,30 euros brutos, más 110,45 euros de intereses de demora.