D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220219-9)
Convenio –  Convenio de colaboración de 1 de febrero de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y el Ayuntamiento de El Molar para la expedición de “Carné joven Comunidad de Madrid”
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE FEBRERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 42

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
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CONVENIO de colaboración de 1 de febrero de 2022, entre la Comunidad de
Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y el Ayuntamiento de
El Molar para la expedición de “Carné joven Comunidad de Madrid”.
REUNIDOS

De una parte, D. Nikolay Yordanov, Director General de Juventud de la Comunidad
de Madrid, nombrado en virtud del Decreto 141/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, en relación con el Decreto 208/2021, de 1 de septiembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y en relación con el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías
de la Comunidad de Madrid.
De otra, D.a Yolanda Sanz Rojas, Alcaldesa del Ayuntamiento de El Molar en virtud
de su nombramiento realizado por Acuerdo del Pleno celebrado el día 15 de junio de 2019.
INTERVIENEN
El primero, en representación de la Comunidad de Madrid en virtud de la delegación
de competencias establecida en el dispongo sexto apartado a) de la Orden 1558/2021, de 28
de septiembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que delega el
ejercicio de competencias en diferentes órganos de la Consejería y se desconcentran las
competencias en materia de protectorado de fundaciones. Todo ello de conformidad con el
artículo 9 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
El segundo en nombre y representación del Ayuntamiento de El Molar de conformidad con el apartado a) del punto 4 del artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

La Consejería de Familia, Juventud y Política Social, a través de la Dirección General
de Juventud, en ejercicio de sus competencias de coordinación de la política regional con
las administraciones locales en materia de juventud viene desarrollando una tarea de motivación e impulso de políticas integrales hacia los jóvenes madrileños.
Con este fin se viene desarrollando el Programa “Carné Joven Comunidad de Madrid”,
cuyo objetivo es, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de las Ley 8/2002, de 27 de
noviembre, de Juventud de la Comunidad de Madrid, poner a disposición de los jóvenes de 14
a 30 años, mediante el Carné Joven Comunidad de Madrid, el acceso a servicios de carácter
cultural, deportivo, turístico, recreativo, formativo, asistencial, tecnológico y social, con importantes descuentos y posibles ventajas financieras reservadas a sus usuarios.
En virtud de la citada Ley, la Comunidad de Madrid cooperará con cuantas Instituciones Públicas sean competentes en materia de juventud, con el fin de unir esfuerzos en la
consecución de objetivos comunes.
El Ayuntamiento de El Molar teniendo presente los apartados l) y m) del artículo 25
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, impulsa la realización de actuaciones capaces de analizar las diferentes realidades juveniles y de aportar
soluciones a corto, medio y largo plazo a los nuevos retos y necesidades que plantea este
colectivo que cuenta con un especial interés dentro del municipio.
La Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid y el
Ayuntamiento de El Molar pretenden desarrollar, a través de sus respectivos organismos de
Juventud, un programa de actuación conjunta destinado a la expedición del Carné Joven
Comunidad de Madrid para promover los servicios, ventajas y actividades para los jóvenes
de la Comunidad que se ofertan a través del Carné Joven.

BOCM-20220219-9

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