D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220121-36)
Convenio –  Convenio de 23 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y “Congregación de Religiosas Adoratrices del Santísimo Sacramento y de la Caridad”, por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe de 80.000 euros, para atender durante el año 2021 la emergencia social de mujeres víctimas y supervivientes de trata de seres humanos con fines de explotación sexual
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 316

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 17

Se ha de responder a los requerimientos administrativos para dar cuenta de la gestión de
la pandemia, con seguimientos de indicadores, modificación de protocolos y generación
de un plan de contingencia en permanente revisión.
Para ello, Religiosas Adoratrices cuenta con diferentes servicios y recursos que sirven
de apoyo para el desarrollo de este proyecto: servicio de detección de casos, casas de acogida, centro día con profesionales especializados.
En este ejercicio 2021, y dentro del proyecto, se contemplan acciones de atención a la
emergencia social para la protección de las mujeres: detección y teléfono veinticuatro horas, recurso residencial, intervención multidisciplinar especializada.
Las características del proyecto mencionado se recogen de forma más amplia en el
Anexo del presente convenio.
Tercera
Compromisos de la Comunidad de Madrid
La Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, se
compromete a subvencionar con 80.000 euros las actuaciones desarrolladas por la Entidad
Religiosas Adoratrices en ejecución del proyecto indicado, de conformidad con el presupuesto presentado por la Entidad, desglosado de la siguiente manera:
Costes de Personal: retribuciones y costes de seguridad social del personal contratado

59.042,00 €

Productos de higiene, prevención COVID19, limpieza, suministros centro de día y casa de acogida

4.000,00

Mantenimiento de instalaciones de casa de acogida y centro de día

2.000,00

Supervisión psicológica del equipo profesional

1.040,00

Prestaciones económicas a mujeres

7.300,00

Servicio de atención psiquiátrica a mujeres

1.320,00

Agencia de comunicación para difusión de acciones de detección y servicios

3.048,00

Gestión laboral, Prevención de Riesgos Laborales, Protección de datos, Mantenimiento informático.
TOTAL GASTOS

2.250,00
80.000,00 €

Cuarta

Religiosas Adoratrices se compromete a realizar las actuaciones que sean necesarias
para la gestión, ejecución y desarrollo del proyecto, a través de su infraestructura en el Centro de Día y Casa de Acogida y con 6 profesionales necesarios, conforme a lo estipulado en
el Anexo del presente Convenio, así como, presentar la justificación de dichas actuaciones y
de los gastos correspondientes, en los términos y plazo indicados en el presente Convenio.
Con carácter previo a la suscripción del convenio, Religiosas Adoratrices deberá acreditar,
que no se encuentra incursa en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario/a establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones. También deberá encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo que estuvieran exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable, así como de no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid,
salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
A tales fines, de conformidad con el régimen general de consulta establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común,
la Administración concedente recabará de oficio las certificaciones acreditativas del cumplimiento de las citadas obligaciones.
En relación con esta cuestión, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 95 de
la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el beneficiario, con la firma del presente convenio, otorga su consentimiento expreso a la consulta de las obligaciones tributarias por parte de la Administración concedente.
Asimismo, estará sujeta a las actuaciones de comprobación y verificación de la realización y gestión del proyecto y de sus gastos, por parte de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, la Intervención General de la Comunidad de Madrid, la Cámara de
Cuentas u otros órganos competentes conforme a la legislación vigente aplicable en materia de subvenciones, debiendo incorporar a todas las actividades que se realicen en base a
este Convenio, el logotipo oficial de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social,
haciendo constar en todas las publicaciones y material de información, difusión y divulgación del mismo la financiación de esta Administración.

BOCM-20220121-36

Compromisos de la entidad beneficiaria