D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220121-55)
Convenio – Convenio de 23 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y el Ayuntamiento de El Vellón, para el desarrollo de los proyectos “Punto Activa El Vellón-El Espartal” y “Grupo Aventura-Deportes de Montaña”, en el marco de la VI edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 17
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE ENERO DE 2022
Pág. 359
entre todos las actividades que se van a realizar, acompañando este proceso por dos monitores que serán la referencia de los chicos y que llevarán la coordinación de las actividades.
Entre otras actividades, se les planteará la posibilidad de realizar: Escalada en roca, esquí de fondo, carreras de orientación, subida a picos de la Sierra de Guadarrama, espeleología, primeros auxilios en montaña, bicicleta de montaña, piragüismo, fin de semana en un
refugio de la sierra, etc.
Además, se incorporan monitores específicos de apoyo fundamentales para el desarrollo de algunas de las actividades deportivas de montaña en las salidas que lo requieran.
En diciembre y marzo se realizarán sendas actividades especiales con pernocta como actividades de enganche, consistentes en unas marchas de montaña con pernocta. En estas dos
salidas se contará con un monitor de grupo y un monitor específico de apoyo con 4 horas.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en los proyectos indicados se
realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por
el COVID-19.
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo de los Proyectos se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 5.797,82 euros (3.628,40 euros
correspondiente al proyecto “Punto Activa El Vellón-El Espartal” y 2.169,42 euros
correspondiente al proyecto “Grupo Aventura-Deportes de Montaña”), de acuerdo
con la evaluación de los Proyectos, y los porcentajes máximos contemplados en la
orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados
en la orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 85,30 por 100 del total del
coste ajustado del proyecto “Punto Activa El Vellón-El Espartal”, cuya estimación
asciende a 4.253,58 euros y el 95 por 100 del total del coste ajustado del proyecto
“Grupo Aventura-Deportes de Montaña”, cuya estimación asciende a 2.283,60 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2022. El coste de
las actividades de 2021 correrá a cargo del ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste
que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2022, a fin de alcanzar la aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución de los Proyectos.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios de los Proyectos. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión,
publicidad o cualquier otro relacionado con los Proyectos que, en su caso, se hubieran elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 16 de julio de 2022.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el período previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que sus desarrollos se realicen por un coste menor del previsto,
que no cuenten con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una
aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo de los proyectos, condicionado a la disponibilidad del uso
de dichas instalaciones en cada momento.
— Difundir y promocionar a nivel autonómico los Proyectos.
— Prestar asesoramiento en cuanto a los recursos documentales de la Comunidad de
Madrid, también en función de la disponibilidad de los mismos.
— Llevar a cabo el seguimiento del desarrollo de los Proyectos.
BOCM-20220121-55
Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
B.O.C.M. Núm. 17
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE ENERO DE 2022
Pág. 359
entre todos las actividades que se van a realizar, acompañando este proceso por dos monitores que serán la referencia de los chicos y que llevarán la coordinación de las actividades.
Entre otras actividades, se les planteará la posibilidad de realizar: Escalada en roca, esquí de fondo, carreras de orientación, subida a picos de la Sierra de Guadarrama, espeleología, primeros auxilios en montaña, bicicleta de montaña, piragüismo, fin de semana en un
refugio de la sierra, etc.
Además, se incorporan monitores específicos de apoyo fundamentales para el desarrollo de algunas de las actividades deportivas de montaña en las salidas que lo requieran.
En diciembre y marzo se realizarán sendas actividades especiales con pernocta como actividades de enganche, consistentes en unas marchas de montaña con pernocta. En estas dos
salidas se contará con un monitor de grupo y un monitor específico de apoyo con 4 horas.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en los proyectos indicados se
realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por
el COVID-19.
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo de los Proyectos se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 5.797,82 euros (3.628,40 euros
correspondiente al proyecto “Punto Activa El Vellón-El Espartal” y 2.169,42 euros
correspondiente al proyecto “Grupo Aventura-Deportes de Montaña”), de acuerdo
con la evaluación de los Proyectos, y los porcentajes máximos contemplados en la
orden reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados
en la orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 85,30 por 100 del total del
coste ajustado del proyecto “Punto Activa El Vellón-El Espartal”, cuya estimación
asciende a 4.253,58 euros y el 95 por 100 del total del coste ajustado del proyecto
“Grupo Aventura-Deportes de Montaña”, cuya estimación asciende a 2.283,60 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización de los
proyectos, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2022. El coste de
las actividades de 2021 correrá a cargo del ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste
que, en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2022, a fin de alcanzar la aportación máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución de los Proyectos.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios de los Proyectos. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión,
publicidad o cualquier otro relacionado con los Proyectos que, en su caso, se hubieran elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 16 de julio de 2022.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que los Proyectos no sean ejecutados en su totalidad, que no se desarrollen durante todo el período previsto, que no se desarrollen conforme a lo recogido en el presente convenio, que sus desarrollos se realicen por un coste menor del previsto,
que no cuenten con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una
aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo de los proyectos, condicionado a la disponibilidad del uso
de dichas instalaciones en cada momento.
— Difundir y promocionar a nivel autonómico los Proyectos.
— Prestar asesoramiento en cuanto a los recursos documentales de la Comunidad de
Madrid, también en función de la disponibilidad de los mismos.
— Llevar a cabo el seguimiento del desarrollo de los Proyectos.
BOCM-20220121-55
Segunda
Obligaciones de la Comunidad de Madrid