D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211206-14)
Convenio – Convenio de 2 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y la Federación Madrileña de Gimnasia, para el desarrollo de Programas Deportivos propios de la Comunidad de Madrid con población en edad escolar 2021-2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 290
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE DICIEMBRE DE 2021
A esta cantidad (6.480 euros) hay que restar la aportación que realizan los centros: 2
euros por alumno y 50 alumnos por centro (3.000 euros). Por tanto, el coste máximo a asumir por la Comunidad de Madrid con cargo al convenio por las sesiones divulgativas de
Madrid Comunidad Deportiva de gimnasia de trampolín es de 3.480 euros.
3. Gimnasia acrobática: 5.360 euros.
— Técnicos deportivos: 3.360 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 2 sesiones de 3 horas de duración (42
euros por sesión) con 2 técnicos en 20 centros escolares.
— Plus de transporte: 800 euros.
Esta cantidad corresponde a la compensación de los gastos de transporte de los
técnicos cuando han de realizar su trabajo fuera del centro escolar en el que normalmente desarrollan su actividad.
— Gastos de coordinación: 500 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación de la
actividad del programa, que incluyen las siguientes actuaciones: inscripciones de
participantes a las competiciones, calendarios de sesiones divulgativas, organización de pruebas y torneos, conocimiento y resolución de problemas de desarrollo
del programa en los centros y con los participantes, valoración de resultados de
torneos y pruebas, y confección de las clasificaciones finales, entre otros. Su importe es de 25 euros por cada centro escolar que participe en el programa.
— Material: 700 euros.
Esta cantidad se destina a la compra de colchonetas y otro material que pudiera ser necesario para el desarrollo de la actividad. El material tendrá en todo caso carácter fungible
en atención a su utilización para el desarrollo del programa.
Total: 12.320 euros.
La distribución del coste por anualidades se ha calculado teniendo en cuenta que deberán celebrarse 6 sesiones antes del fin de 2021 y 24 sesiones durante 2022 en las modalidades de gimnasia artística y trampolín y 8 sesiones en 2021 y 32 sesiones en 2022 en la
modalidad de gimnasia acrobática. En caso de que surgieran imprevistos sobre el calendario de sesiones o se retrasara el inicio del programa, se intentaría agrupar las sesiones en fechas alternativas a las inicialmente previstas al objeto de conseguir celebrar todas las sesiones y cumplir los objetivos previstos en el programa. En caso de imposibilidad, la cantidad
a abonar se reduciría en cada apartado proporcionalmente al coste de las sesiones efectivamente celebradas.
Esta cantidad constituye el umbral máximo de gasto, pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo del programa existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre lo previsto inicialmente, derivadas del número definitivo de participantes, que afecten al número de torneos, o la necesidad sobrevenida de material u otros
gastos indispensables para el adecuado funcionamiento de los programas, la distribución de
los gastos a realizar por la Federación será flexible en el marco de las obligaciones recogidas en la estipulación tercera, siempre que quede justificada la necesidad y que no exceda
de la cifra máxima de gasto. El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección
General de Deportes en función de la justificación presentada por la Federación.
La Federación podrá presentar justificación de su actividad por períodos de uno o más
meses siempre que presente, como mínimo, si ha realizado actividad, una justificación al
concluir la actividad correspondiente a 2021, y en todo caso, antes del 21 de diciembre
de 2021, y otra al concluir el programa en 2022, antes del 30 de junio de 2022, respetando
en todo caso las cantidades máximas de cada anualidad establecidas en la estipulación segunda. Esta última se acompañará de una memoria explicativa de la actividad desarrollada
y de los gastos sufragados durante todo el programa. Asimismo, la Federación presentará
declaración en la que reflejará, en su caso, los ingresos que haya obtenido de terceros destinados específicamente a la financiación del coste de su participación en esta edición del
programa. Las cantidades declaradas se deducirán de la cantidad pendiente de abono por la
Comunidad de Madrid de modo que el total percibido por la Federación nunca supere el
coste de la actividad.
En el caso de los técnicos se presentará relación nominal, firmada por el presidente, secretario general o gerente de la Federación, de los que hayan participado en los programas
en ese período, indicando el número de sesiones, día en que se hayan llevado a cabo y los
centros escolares o participantes con los que hayan desarrollado su actividad, con indicación, en su caso, de las sesiones en las que haya habido necesidad de abonar plus de trans-
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BOCM-20211206-14
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE DICIEMBRE DE 2021
A esta cantidad (6.480 euros) hay que restar la aportación que realizan los centros: 2
euros por alumno y 50 alumnos por centro (3.000 euros). Por tanto, el coste máximo a asumir por la Comunidad de Madrid con cargo al convenio por las sesiones divulgativas de
Madrid Comunidad Deportiva de gimnasia de trampolín es de 3.480 euros.
3. Gimnasia acrobática: 5.360 euros.
— Técnicos deportivos: 3.360 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de 2 sesiones de 3 horas de duración (42
euros por sesión) con 2 técnicos en 20 centros escolares.
— Plus de transporte: 800 euros.
Esta cantidad corresponde a la compensación de los gastos de transporte de los
técnicos cuando han de realizar su trabajo fuera del centro escolar en el que normalmente desarrollan su actividad.
— Gastos de coordinación: 500 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación de la
actividad del programa, que incluyen las siguientes actuaciones: inscripciones de
participantes a las competiciones, calendarios de sesiones divulgativas, organización de pruebas y torneos, conocimiento y resolución de problemas de desarrollo
del programa en los centros y con los participantes, valoración de resultados de
torneos y pruebas, y confección de las clasificaciones finales, entre otros. Su importe es de 25 euros por cada centro escolar que participe en el programa.
— Material: 700 euros.
Esta cantidad se destina a la compra de colchonetas y otro material que pudiera ser necesario para el desarrollo de la actividad. El material tendrá en todo caso carácter fungible
en atención a su utilización para el desarrollo del programa.
Total: 12.320 euros.
La distribución del coste por anualidades se ha calculado teniendo en cuenta que deberán celebrarse 6 sesiones antes del fin de 2021 y 24 sesiones durante 2022 en las modalidades de gimnasia artística y trampolín y 8 sesiones en 2021 y 32 sesiones en 2022 en la
modalidad de gimnasia acrobática. En caso de que surgieran imprevistos sobre el calendario de sesiones o se retrasara el inicio del programa, se intentaría agrupar las sesiones en fechas alternativas a las inicialmente previstas al objeto de conseguir celebrar todas las sesiones y cumplir los objetivos previstos en el programa. En caso de imposibilidad, la cantidad
a abonar se reduciría en cada apartado proporcionalmente al coste de las sesiones efectivamente celebradas.
Esta cantidad constituye el umbral máximo de gasto, pero dado que se trata de una previsión y de que durante el desarrollo del programa existe la posibilidad de que se produzcan desviaciones sobre lo previsto inicialmente, derivadas del número definitivo de participantes, que afecten al número de torneos, o la necesidad sobrevenida de material u otros
gastos indispensables para el adecuado funcionamiento de los programas, la distribución de
los gastos a realizar por la Federación será flexible en el marco de las obligaciones recogidas en la estipulación tercera, siempre que quede justificada la necesidad y que no exceda
de la cifra máxima de gasto. El importe definitivo a abonar se determinará por la Dirección
General de Deportes en función de la justificación presentada por la Federación.
La Federación podrá presentar justificación de su actividad por períodos de uno o más
meses siempre que presente, como mínimo, si ha realizado actividad, una justificación al
concluir la actividad correspondiente a 2021, y en todo caso, antes del 21 de diciembre
de 2021, y otra al concluir el programa en 2022, antes del 30 de junio de 2022, respetando
en todo caso las cantidades máximas de cada anualidad establecidas en la estipulación segunda. Esta última se acompañará de una memoria explicativa de la actividad desarrollada
y de los gastos sufragados durante todo el programa. Asimismo, la Federación presentará
declaración en la que reflejará, en su caso, los ingresos que haya obtenido de terceros destinados específicamente a la financiación del coste de su participación en esta edición del
programa. Las cantidades declaradas se deducirán de la cantidad pendiente de abono por la
Comunidad de Madrid de modo que el total percibido por la Federación nunca supere el
coste de la actividad.
En el caso de los técnicos se presentará relación nominal, firmada por el presidente, secretario general o gerente de la Federación, de los que hayan participado en los programas
en ese período, indicando el número de sesiones, día en que se hayan llevado a cabo y los
centros escolares o participantes con los que hayan desarrollado su actividad, con indicación, en su caso, de las sesiones en las que haya habido necesidad de abonar plus de trans-
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