C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211012-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del Sector de Industria, Servicios e Instalaciones del Metal, suscrito por la asociación empresas del Comercio e Industrias del Metal de Madrid (AECIM) y por la representación sindical, CC OO de Industria de Madrid y Federación de Industria, Construcción y Agro de Madrid de UGT (código número 28003715011982)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 243

Tareas:
Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que,
por analogía, son asimilables a las siguientes:
1.

2.

3.

4.

5.

6.

Funciones que suponen la responsabilidad de ordenar, coordinar y supervisar la ejecución
de tareas heterogéneas de producción, comercialización, mantenimiento, administración,
servicios, etc., o en cualquier agrupación de ellas, cuando las dimensiones de la empresa
aconsejen tales agrupaciones.
Tareas de alto contenido técnico consistentes en prestar soporte, con autonomía media y
bajo directrices y normas que no delimitan totalmente la forma de proceder en funciones de
investigación, control de calidad, vigilancia y control de procesos industriales, etc.
Actividades y tareas propias de A.T.S. y/o S.M.E., realizando curas, llevando el control de
bajas de I.T. y accidentes, estudios audiométricos, vacunaciones, estudios estadísticos de
accidentes, etc.
Actividades de Graduado/a Social y/o Diplomado/a en Relaciones Laborales consistentes
en funciones de organización, control, asesoramiento o mando en orden a la admisión,
clasificación, acoplamiento, instrucción, economato, comedores, previsión del personal,
etc.
Tareas técnicas consistentes en el desarrollo de proyectos en toda su extensión, y en el
cual se deben aplicar normalización, cálculos genéricos y de detalle, resistencias de
materiales, consiguiendo la viabilidad total del proyecto.
Tareas técnicas, con subordinación a titulados/as, consistentes en la organización o
dirección del taller, croquizamiento de herramientas, control de aprovisionamientos, la
clasificación y distribución de tareas y material preciso, el estudio de la producción y
rendimientos de máquinas para la optimización en la fabricación.

GRUPO PROFESIONAL 3
Criterios Generales
Son aquellas personas trabajadoras que, con o sin responsabilidad de mando, realizan tareas con
un contenido medio de actividad intelectual y de interrelación humana, en un marco de instrucciones
precisas de complejidad técnica media, con autonomía dentro del proceso. Realizan funciones que
suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas homogéneas, realizadas por un
conjunto de colaboradores/as, en un estadio organizativo menor.
Formación.- Titulación equiparable a ciclo formativo de grado medio o superior, y/o de módulo
superior o conocimientos equivalentes reconocidos por la empresa y/o formación en el puesto de
trabajo o conocimientos adquiridos en el desempeño de la profesión.
Tareas:

1.

2.
3.
4.

5.

Tareas técnicas que consisten en el ejercicio del mando directo al frente de un conjunto de
operarias/os de oficio o de procesos productivos en instalaciones principales (siderurgia,
electrónica, automoción, instrumentación, montaje o soldadura, albañilería, carpintería,
electricidad, etc.)
Tareas técnicas de codificación de programas de ordenador en el lenguaje apropiado,
verificando su correcta ejecución y documentándoles adecuadamente.
Tareas técnicas que consisten en la ordenación de tareas y de puestos de trabajo de una
unidad completa de producción.
Actividades que impliquen la responsabilidad de un turno o de una unidad de producción
que puedan ser secundadas por una o varias personas trabajadoras del Grupo profesional
inferior.
Tareas técnicas de inspección, supervisión o gestión de la red de ventas.

BOCM-20211012-1

Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que,
por analogía, son asimilables a las siguientes: