Alcobendas (BOCM-20210910-32)
Organización y funcionamiento. Ordenanza limpieza y recogida residuos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 216
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 117
acuerdo con las disposiciones municipales que se adopten a tales efectos. En estos casos, dicha propaganda se ha de limitar con exclusividad a los espacios reservados y autorizados para tal fin, tal y como establece la Ley Electoral.
En los supuestos de colocación de propaganda electoral en espacios no habilitados
para tal fin según las disposiciones municipales, los responsables de su colocación, o en su defecto el partido anunciante, serán los responsables de su retirada
inmediata y limpieza de la vía pública, siendo en cualquier caso retirados como
máximo en la semana posterior al comicio electoral.
2. El poseedor de un animal doméstico, con excepción de las personas invidentes que
sean titulares de perros guía, deberá recoger inmediatamente las deposiciones evacuadas
por éste en la vía pública y los espacios públicos y depositarlas en bolsas cerradas las papeleras instaladas en los espacios públicos, así como disolver los orines esparcidos mediante
la utilización de envases con agua o productos especiales para ello.
Art. 7. Financiación de los servicios de recogida.—La financiación de los servicios
municipales previstos en la presente Ordenanza se establecerá en la correspondiente ordenanza fiscal anual.
TÍTULO II
Del servicio de recogida
Capítulo 1
Art. 8. Principios de la gestión de residuos y actuaciones incluidas en el servicio de
recogida.—Los principios que rigen la gestión en materia de residuos en el municipio de
Alcobendas son:
a) Jerarquía, priorizando por este orden:
— Prevención.
— Preparación para la reutilización.
— Reciclado.
— Valoración.
— Eliminación.
b) Derecho a la información y participación. Se garantiza el derecho de acceso a la
información y de a la participación en materia de residuos en base a lo previsto en
la Ley 27/2006, de 18 de julio, reguladora de los derechos de acceso a la información y a la participación pública en materia de medio ambiente.
c) Costes de gestión de los residuos. Se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados.
d) Responsabilidad ampliada al productor. Los profesionales que desarrollen, fabriquen, traten, vendan o importen productos que con el uso se conviertan en residuos, deberán responsabilizarse de su correcta gestión.
e) Recogida selectiva. Para asegurar el mejor tratamiento de cada residuo se potenciará la recogida separada de los distintos residuos.
El servicio de recogida comprende las siguientes actuaciones:
a) En su caso, traslado de los residuos a los vehículos u otros medios de recogida, en
los contenedores de residuos o sistemas equivalentes, así como el vaciado y devolución de estos últimos a sus puntos originarios.
b) Transporte y descarga de los residuos en las instalaciones de gestión adecuadas.
c) Retirada de los restos vertidos a consecuencia de las anteriores operaciones.
d) Mantenimiento, lavado y reposición de los contenedores municipales o aquellas partes del mismo que puedan ser repuestas (tapas, ruedas...) y otros puntos de recogida
municipal, con excepción de aquellos contenedores que sean de uso exclusivo.
e) Mantenimiento, lavado y reposición de los vehículos de recogida.
Art. 9. Modalidades del servicio de recogida.—A efectos de lo dispuesto en la presente Ordenanza, el servicio de recogida se prestará bajo alguna de las siguientes modalidades,
BOCM-20210910-32
Disposiciones generales sobre el servicio de recogida
B.O.C.M. Núm. 216
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VIERNES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021
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acuerdo con las disposiciones municipales que se adopten a tales efectos. En estos casos, dicha propaganda se ha de limitar con exclusividad a los espacios reservados y autorizados para tal fin, tal y como establece la Ley Electoral.
En los supuestos de colocación de propaganda electoral en espacios no habilitados
para tal fin según las disposiciones municipales, los responsables de su colocación, o en su defecto el partido anunciante, serán los responsables de su retirada
inmediata y limpieza de la vía pública, siendo en cualquier caso retirados como
máximo en la semana posterior al comicio electoral.
2. El poseedor de un animal doméstico, con excepción de las personas invidentes que
sean titulares de perros guía, deberá recoger inmediatamente las deposiciones evacuadas
por éste en la vía pública y los espacios públicos y depositarlas en bolsas cerradas las papeleras instaladas en los espacios públicos, así como disolver los orines esparcidos mediante
la utilización de envases con agua o productos especiales para ello.
Art. 7. Financiación de los servicios de recogida.—La financiación de los servicios
municipales previstos en la presente Ordenanza se establecerá en la correspondiente ordenanza fiscal anual.
TÍTULO II
Del servicio de recogida
Capítulo 1
Art. 8. Principios de la gestión de residuos y actuaciones incluidas en el servicio de
recogida.—Los principios que rigen la gestión en materia de residuos en el municipio de
Alcobendas son:
a) Jerarquía, priorizando por este orden:
— Prevención.
— Preparación para la reutilización.
— Reciclado.
— Valoración.
— Eliminación.
b) Derecho a la información y participación. Se garantiza el derecho de acceso a la
información y de a la participación en materia de residuos en base a lo previsto en
la Ley 27/2006, de 18 de julio, reguladora de los derechos de acceso a la información y a la participación pública en materia de medio ambiente.
c) Costes de gestión de los residuos. Se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados.
d) Responsabilidad ampliada al productor. Los profesionales que desarrollen, fabriquen, traten, vendan o importen productos que con el uso se conviertan en residuos, deberán responsabilizarse de su correcta gestión.
e) Recogida selectiva. Para asegurar el mejor tratamiento de cada residuo se potenciará la recogida separada de los distintos residuos.
El servicio de recogida comprende las siguientes actuaciones:
a) En su caso, traslado de los residuos a los vehículos u otros medios de recogida, en
los contenedores de residuos o sistemas equivalentes, así como el vaciado y devolución de estos últimos a sus puntos originarios.
b) Transporte y descarga de los residuos en las instalaciones de gestión adecuadas.
c) Retirada de los restos vertidos a consecuencia de las anteriores operaciones.
d) Mantenimiento, lavado y reposición de los contenedores municipales o aquellas partes del mismo que puedan ser repuestas (tapas, ruedas...) y otros puntos de recogida
municipal, con excepción de aquellos contenedores que sean de uso exclusivo.
e) Mantenimiento, lavado y reposición de los vehículos de recogida.
Art. 9. Modalidades del servicio de recogida.—A efectos de lo dispuesto en la presente Ordenanza, el servicio de recogida se prestará bajo alguna de las siguientes modalidades,
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Disposiciones generales sobre el servicio de recogida