A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20210903-1)
Medidas centros docentes COVID-19 –  Orden 2572/2021, de 27 de agosto, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se establecen medidas que han de adoptar los centros docentes de la Comunidad de Madrid para la organización del curso 2021-2022 en relación con la crisis sanitaria provocada por la COVID-19
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 210

este período; posteriormente, los centros permanecerán cerrados hasta que
termine la suspensión de la actividad educativa presencial.
— Ante circunstancias concretas y excepcionales que puedan requerir la presencialidad del personal de administración y servicios y del equipo directivo en
un centro, la Dirección de Área Territorial correspondiente indicará el personal que deberá acudir para solventar la incidencia.
— Se comprobará que en los hogares de todos los alumnos mayores de 6 años se
cuenta con algún dispositivo para poder conectarse con el centro, así como la
conectividad desde los hogares. En caso de que no fuera así, los directores de
los centros educativos lo comunicarán a sus respectivas Direcciones de Área
Territorial y se buscarán soluciones alternativas para mejorar la situación, con
el objeto de facilitarles el préstamo de dispositivos o la conectividad.
— Se ofrecerán a los centros materiales didácticos para el desarrollo del currículo con los aprendizajes fundamentales de las asignaturas troncales desde 5.o
de Educación Primaria hasta 4.o de ESO, que pueda ser utilizado telemáticamente por todos los centros sostenidos con fondos públicos. El acceso a dichos contenidos curriculares se llevará a cabo desde EducaMadrid.
— El proceso de enseñanza-aprendizaje se desarrollará telemáticamente, centrándose en los aprendizajes fundamentales de cada asignatura.
— Las reuniones se celebrarán de forma telemática.
— Se pondrán a disposición de los centros las plataformas y recursos tecnológicos que la Consejería de Educación y Juventud haya planificado y aprobado
para este escenario.
b) Medidas específicas de cada etapa educativa:
— Primer ciclo Educación Infantil (0-3). En este escenario no se considera viable la enseñanza a distancia debido a la edad de los alumnos, por lo que se
adoptarán las medidas procedentes sobre presencialidad en función de la situación de la pandemia.
— Segundo ciclo Educación Infantil (3-6). Los profesores y tutores se conectarán de forma regular con los alumnos, pero no replicarán el horario habitual
de clases. Establecerán tareas acordes a su edad y su realización será voluntaria en función de las circunstancias de cada familia. El tutor tendrá de forma
periódica comunicación con los progenitores.
— Educación Primaria. Tendrán todos los días clases en línea y tareas tomando
como referencia el desarrollo del currículo de las asignaturas. El desarrollo de
las clases y tareas se graduarán en función de la edad de los alumnos.
— Educación Especial. Los profesores y tutores se conectarán de forma regular
con aquellos alumnos que por su nivel y destreza puedan seguir actividades
en línea, no replicarán el horario habitual de clases. A su vez, con el resto de
alumnado establecerán tareas acordes a su nivel. El tutor tendrá de forma periódica comunicación con los progenitores. Aquellos alumnos que reciban
apoyo por parte de los profesionales de fisioterapia u otro personal complementario en sus centros educativos seguirán acudiendo a los mismos de
acuerdo con las indicaciones que recibirán de los propios centros. Serán los
padres o tutores legales de los alumnos quienes se encarguen del desplazamiento a los centros.
— Educación Secundaria Obligatoria, Enseñanzas de Personas Adultas, Bachillerato, Formación Profesional, Programas Profesionales y Enseñanzas de
Régimen Especial. Los centros podrán reorganizar los horarios de las asignaturas, de modo que se garantice la continuidad del proceso de enseñanzaaprendizaje a distancia durante todos los días lectivos.
Los departamentos adaptarán las programaciones didácticas a fin de adecuar
los elementos del currículo y los procedimientos e instrumentos de evaluación, los criterios de calificación y la temporalización a la situación derivada
de la suspensión de las actividades educativas presenciales.
Se prestará especial atención y seguimiento a aquellos alumnos que sigan un
plan específico personalizado de refuerzo educativo, o aquellos otros que pudieran tener dificultades en el seguimiento de las actividades lectivas telemáticas, ya sea por falta de recursos o desfase curricular u otras circunstancias
apreciadas por el equipo docente.

BOCM-20210903-1

BOCM