Móstoles número 1 (BOCM-20210731-12)
Ejecución 88/2021
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 32

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 31 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 181

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
12

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento de ejecución 88/2021-V, de este juzgado de
lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANTONIO MORENO FERNANDEZ frente a
PAMPA CENTRO DEL AUTOMOVIL, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha
dictado Decreto de insolvencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 1985,16 euros de principal; más 337 euros de intereses y calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA
PROVISIONAL total del ejecutado PAMPA CENTRO DEL AUTOMOVIL, S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda
aún pendiente de pago.
Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PAMPA CENTRO DEL
AUTOMOVIL, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a siete de julio de dos mil veintiuno.

BOCM-20210731-12

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/23.421/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791