San Sebastián de los Reyes (BOCM-20210714-55)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MIÉRCOLES 14 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 166
B) Formación técnica (máximo, 4 puntos):
Serán objeto de valoración los cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las funciones de la plaza a cubrir e impartidos por el
Ayuntamiento y demás Administraciones Públicas, en centros o entidades que no
sean Administraciones Públicas, pero que estén dirigidos a empleados/as públicos/as, a razón de 0,10 puntos por cada 20 horas lectivas.
Se valorarán también aquellas acciones formativas sobre elementos, dispositivos
o programas específicos de uso habitual en el puesto de trabajo.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las horas de duración. La
puntuación obtenida en este apartado no podrá exceder de 4 puntos.
C) Otros méritos (máximo, 2 puntos):
— Seminarios, cursos de posgrado, doctorado, programas de especialización, títulos propios y máster relacionados con las funciones del puesto: se valorarán
en función del número de horas lectivas (hasta 120 horas: 0,5 puntos; de 121
a 399: 1 punto; de 400 a 599: 1,5 puntos y más de 600 horas: 2 puntos).
— Por haber participado como docente o ponente en cursos y seminarios sobre
temas relacionados con las funciones del puesto: 0,10 puntos por cada 10 horas lectivas, hasta un máximo de 1 punto.
La puntuación obtenida en este apartado no podrá exceder de 2 puntos.
7.4. La valoración de los méritos se ajustará a los siguientes criterios:
Primero: A efectos de su comprobación se exigirá la presentación del correspondiente
certificado de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, junto
con el certificado de la Administración Pública o de la empresa privada correspondiente.
Segundo: A efectos de lo dispuesto en los puntos de la experiencia, los contratos de
tiempo parcial se computarán como jornada completa siempre que su jornada sea igual o
superior al 50 por 100.
Tercero: La formación aportada donde no conste número de horas no será objeto de
valoración.
Octava. Calificación del proceso selectivo
8.1. Fase de oposición. En la fase de oposición, cada uno de los dos ejercicios será
calificado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los/las aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 en cada uno de ellos:
Primer ejercicio: El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario un mínimo
de 5 puntos para superarlo. Cada pregunta contestada erróneamente se penalizará con 1/3 del
valor de la respuesta correcta.
El Tribunal Calificador, mediante la adopción del acuerdo correspondiente, teniendo
en cuenta el número de aspirantes presentados/as y el nivel de conocimiento de los mismos,
sin identificar a ninguna de las personas opositoras, decidirá cuál será la nota de corte para
superar este ejercicio.
Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5
puntos para superarlo.
Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los/las miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquel, siendo el cociente la calificación definitiva de cada ejercicio. Cuando entre las puntuaciones otorgadas
por los miembros del Tribunal exista una diferencia de tres o más enteros entre las calificaciones máxima y mínima, serán automáticamente excluidas y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes.
El Tribunal prefijará los elementos que serán objeto de valoración.
8.2. Fase de concurso. El concurso se valorará entre 0 y 10 puntos de acuerdo con el
baremo establecido en la base séptima.
Novena. Calificación definitiva y orden de colocación de los aspirantes
La calificación final del proceso será el resultado de sumar la puntuación obtenida en
la Fase de Oposición más la obtenida en la Fase de Concurso.
CD = (0,60*FO) + (0,40*FC)
BOCM-20210714-55
Pág. 170
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE JULIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 166
B) Formación técnica (máximo, 4 puntos):
Serán objeto de valoración los cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las funciones de la plaza a cubrir e impartidos por el
Ayuntamiento y demás Administraciones Públicas, en centros o entidades que no
sean Administraciones Públicas, pero que estén dirigidos a empleados/as públicos/as, a razón de 0,10 puntos por cada 20 horas lectivas.
Se valorarán también aquellas acciones formativas sobre elementos, dispositivos
o programas específicos de uso habitual en el puesto de trabajo.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las horas de duración. La
puntuación obtenida en este apartado no podrá exceder de 4 puntos.
C) Otros méritos (máximo, 2 puntos):
— Seminarios, cursos de posgrado, doctorado, programas de especialización, títulos propios y máster relacionados con las funciones del puesto: se valorarán
en función del número de horas lectivas (hasta 120 horas: 0,5 puntos; de 121
a 399: 1 punto; de 400 a 599: 1,5 puntos y más de 600 horas: 2 puntos).
— Por haber participado como docente o ponente en cursos y seminarios sobre
temas relacionados con las funciones del puesto: 0,10 puntos por cada 10 horas lectivas, hasta un máximo de 1 punto.
La puntuación obtenida en este apartado no podrá exceder de 2 puntos.
7.4. La valoración de los méritos se ajustará a los siguientes criterios:
Primero: A efectos de su comprobación se exigirá la presentación del correspondiente
certificado de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, junto
con el certificado de la Administración Pública o de la empresa privada correspondiente.
Segundo: A efectos de lo dispuesto en los puntos de la experiencia, los contratos de
tiempo parcial se computarán como jornada completa siempre que su jornada sea igual o
superior al 50 por 100.
Tercero: La formación aportada donde no conste número de horas no será objeto de
valoración.
Octava. Calificación del proceso selectivo
8.1. Fase de oposición. En la fase de oposición, cada uno de los dos ejercicios será
calificado de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los/las aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 en cada uno de ellos:
Primer ejercicio: El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario un mínimo
de 5 puntos para superarlo. Cada pregunta contestada erróneamente se penalizará con 1/3 del
valor de la respuesta correcta.
El Tribunal Calificador, mediante la adopción del acuerdo correspondiente, teniendo
en cuenta el número de aspirantes presentados/as y el nivel de conocimiento de los mismos,
sin identificar a ninguna de las personas opositoras, decidirá cuál será la nota de corte para
superar este ejercicio.
Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5
puntos para superarlo.
Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los/las miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquel, siendo el cociente la calificación definitiva de cada ejercicio. Cuando entre las puntuaciones otorgadas
por los miembros del Tribunal exista una diferencia de tres o más enteros entre las calificaciones máxima y mínima, serán automáticamente excluidas y se hallará la puntuación media entre las calificaciones restantes.
El Tribunal prefijará los elementos que serán objeto de valoración.
8.2. Fase de concurso. El concurso se valorará entre 0 y 10 puntos de acuerdo con el
baremo establecido en la base séptima.
Novena. Calificación definitiva y orden de colocación de los aspirantes
La calificación final del proceso será el resultado de sumar la puntuación obtenida en
la Fase de Oposición más la obtenida en la Fase de Concurso.
CD = (0,60*FO) + (0,40*FC)
BOCM-20210714-55
Pág. 170
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID