D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20210702-36)
Convenio – Convenio de 16 de junio de 2021, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación Adela Madrid, mediante el que se instrumenta una subvención directa a la Asociación Adela Madrid para actuaciones terapéuticas de fisioterapia y logopedia dirigidas a afectados por esclerosis lateral amiotrófica (ELA) para 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE JULIO DE 2021
Pág. 107
Madrid, se articulará a través de un convenio, en el que se establecen las condiciones particulares y obligaciones que regulan dicha subvención.
Por ello, el Servicio Madrileño de Salud pretende formalizar un convenio con la Asociación Adela Madrid, como instrumento jurídico que establece las condiciones particulares y obligaciones que regularán dicha subvención de concesión directa. El pago de la subvención se realizará trimestralmente, regulándose igualmente los aspectos relativos al plazo
y justificación del cumplimiento de los compromisos adquiridos por la organización subvencionada.
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del Convenio
El objeto del presente convenio es el de establecer las condiciones particulares por las
que se regirá la subvención de concesión directa a favor de la Asociación Adela Madrid,
para financiar actuaciones terapéuticas de fisioterapia y de logopedia que, dirigidas a las
personas afectadas por Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), permitan mantenerles en el
mejor estado de salud posible durante el mayor tiempo posible.
Segunda
Requisitos del beneficiario
El beneficiario de la subvención no deberá estar incurso en ninguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, a cuyo efecto
deberá presentar una declaración de su representante legal.
El beneficiario de la subvención deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como no tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la
Comunidad de Madrid, debiendo acreditarse esta circunstancia, mediante la presentación
de los justificantes necesarios junto con el resto de documentación a que se refiere la cláusula quinta del presente convenio.
Tercera
Procedimiento de concesión de la subvención
El procedimiento de concesión de esta subvención se efectúa mediante concesión directa de conformidad con el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid, a través del presente convenio.
Cuarta
Importe de la subvención
Quinta
Régimen de justificación de la aplicación dada a la subvención y forma de pago
El importe de la subvención se destinará al desarrollo de las actuaciones contenidas en
el presente convenio.
El pago de la subvención se realizará en tres pagos parciales a lo largo del ejercicio 2021, uno al final del primer semestre, otro al final del tercer trimestre y el último a fi-
BOCM-20210702-36
La Comunidad de Madrid abonará, a través del Servicio Madrileño de Salud, a la Asociación Adela Madrid, durante el año 2021, la cantidad de ciento cuarenta mil euros (140.000
euros) con cargo a la partida presupuestaria 48099, del programa 312B, Atención Primaria
de Salud, que, en concepto de transferencias a otras instituciones sin fines de lucro, figura en
la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
para el año 2019, prorrogada por prorrogada por el Decreto 122/2020, de 29 de diciembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga
automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2019 hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2021.
B.O.C.M. Núm. 156
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE JULIO DE 2021
Pág. 107
Madrid, se articulará a través de un convenio, en el que se establecen las condiciones particulares y obligaciones que regulan dicha subvención.
Por ello, el Servicio Madrileño de Salud pretende formalizar un convenio con la Asociación Adela Madrid, como instrumento jurídico que establece las condiciones particulares y obligaciones que regularán dicha subvención de concesión directa. El pago de la subvención se realizará trimestralmente, regulándose igualmente los aspectos relativos al plazo
y justificación del cumplimiento de los compromisos adquiridos por la organización subvencionada.
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del Convenio
El objeto del presente convenio es el de establecer las condiciones particulares por las
que se regirá la subvención de concesión directa a favor de la Asociación Adela Madrid,
para financiar actuaciones terapéuticas de fisioterapia y de logopedia que, dirigidas a las
personas afectadas por Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), permitan mantenerles en el
mejor estado de salud posible durante el mayor tiempo posible.
Segunda
Requisitos del beneficiario
El beneficiario de la subvención no deberá estar incurso en ninguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, a cuyo efecto
deberá presentar una declaración de su representante legal.
El beneficiario de la subvención deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como no tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la
Comunidad de Madrid, debiendo acreditarse esta circunstancia, mediante la presentación
de los justificantes necesarios junto con el resto de documentación a que se refiere la cláusula quinta del presente convenio.
Tercera
Procedimiento de concesión de la subvención
El procedimiento de concesión de esta subvención se efectúa mediante concesión directa de conformidad con el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid, a través del presente convenio.
Cuarta
Importe de la subvención
Quinta
Régimen de justificación de la aplicación dada a la subvención y forma de pago
El importe de la subvención se destinará al desarrollo de las actuaciones contenidas en
el presente convenio.
El pago de la subvención se realizará en tres pagos parciales a lo largo del ejercicio 2021, uno al final del primer semestre, otro al final del tercer trimestre y el último a fi-
BOCM-20210702-36
La Comunidad de Madrid abonará, a través del Servicio Madrileño de Salud, a la Asociación Adela Madrid, durante el año 2021, la cantidad de ciento cuarenta mil euros (140.000
euros) con cargo a la partida presupuestaria 48099, del programa 312B, Atención Primaria
de Salud, que, en concepto de transferencias a otras instituciones sin fines de lucro, figura en
la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid
para el año 2019, prorrogada por prorrogada por el Decreto 122/2020, de 29 de diciembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga
automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2019 hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2021.