Collado Villalba (BOCM-20210630-62)
Régimen económico. Bases subvenciones continuidad de asociaciones
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 140
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 154
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
COLLADO VILLALBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210630-62
Habiéndose aprobado inicialmente por este Ayuntamiento Pleno, en sesión de 24 de junio de 2021, las bases reguladoras y anexos de la convocatoria, a través del procedimiento
de concurrencia competitiva, de Subvenciones para Fomentar la Continuidad de las Asociaciones con Carácter Recreativo y Participativo en las Fiestas y Celebraciones y en la Divulgación de la Cultura de otras Comunidades Autónomas de España en Collado Villalba, con
motivo de las restricciones del COVID-19, que favorezcan la continuidad y mantenimiento de las asociaciones, no lucrativas, para promocionar el conocimiento y cultura de otras
comunidades autónomas de España en Collado Villalba y para fomentar y divulgar las costumbre y fiestas de Collado Villalba para que estas no se pierda, creando vínculos de unión
entre todos los ciudadanos, y que estén inscritas en el registro correspondiente y que reúnan los requisitos establecidos, se expone al público dicho expediente durante el plazo de
treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de esta publicación, pudiendo examinarse el presente expediente en la Secretaría Municipal y presentar las reclamaciones que
se tengan por convenientes y quedando definitivamente aprobado en el supuesto de que durante tal plazo no se presentase ninguna, todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, sin perjuicio de que
deban ser íntegramente publicadas para su entrada en vigor.
En Collado Villalba, a 28 de junio de 2021.—La alcaldesa, María Dolores Vargas Fernández.
(03/22.339/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 140
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 154
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
COLLADO VILLALBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210630-62
Habiéndose aprobado inicialmente por este Ayuntamiento Pleno, en sesión de 24 de junio de 2021, las bases reguladoras y anexos de la convocatoria, a través del procedimiento
de concurrencia competitiva, de Subvenciones para Fomentar la Continuidad de las Asociaciones con Carácter Recreativo y Participativo en las Fiestas y Celebraciones y en la Divulgación de la Cultura de otras Comunidades Autónomas de España en Collado Villalba, con
motivo de las restricciones del COVID-19, que favorezcan la continuidad y mantenimiento de las asociaciones, no lucrativas, para promocionar el conocimiento y cultura de otras
comunidades autónomas de España en Collado Villalba y para fomentar y divulgar las costumbre y fiestas de Collado Villalba para que estas no se pierda, creando vínculos de unión
entre todos los ciudadanos, y que estén inscritas en el registro correspondiente y que reúnan los requisitos establecidos, se expone al público dicho expediente durante el plazo de
treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de esta publicación, pudiendo examinarse el presente expediente en la Secretaría Municipal y presentar las reclamaciones que
se tengan por convenientes y quedando definitivamente aprobado en el supuesto de que durante tal plazo no se presentase ninguna, todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, sin perjuicio de que
deban ser íntegramente publicadas para su entrada en vigor.
En Collado Villalba, a 28 de junio de 2021.—La alcaldesa, María Dolores Vargas Fernández.
(03/22.339/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791