Móstoles número 3 (BOCM-20210630-145)
Procedimiento 1232/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 274
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 154
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
145
MÓSTOLES NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR, letrada de la Administración de Justicia
del Juzgado de lo Social n.º 3 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 1232/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido
a instancia de DOÑA XXXXX frente a FOGASA y GLOBALIZA 2 SOLUCIONES, S. L.,
sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
Que estimando la demanda formulada por DOÑA XXXXX contra GLOBALIZA 2
SOLUCIONES, S. L., debo condenar y condeno a la mercantil demandada a que abone al
actor la cantidad total de 1.230,30 euros, a la que se aplicará el 10% de interés por mora.
No se efectúa declaración expresa de absolución o condena respecto al FOGASA sin
perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones establecidas en el art. 33 Estatuto
de los Trabajadores y Fundamento de Derecho Segundo de esta resolución. Notifíquese esta
sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no podrán interponer recurso de suplicación (art. 191 LRJS)
Y para que sirva de notificación en legal forma a GLOBALIZA 2 SOLUCIONES, S. L.,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a 7 de junio de 2021.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210630-145
(03/20.436/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 274
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MIÉRCOLES 30 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 154
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
145
MÓSTOLES NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR, letrada de la Administración de Justicia
del Juzgado de lo Social n.º 3 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 1232/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido
a instancia de DOÑA XXXXX frente a FOGASA y GLOBALIZA 2 SOLUCIONES, S. L.,
sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
Que estimando la demanda formulada por DOÑA XXXXX contra GLOBALIZA 2
SOLUCIONES, S. L., debo condenar y condeno a la mercantil demandada a que abone al
actor la cantidad total de 1.230,30 euros, a la que se aplicará el 10% de interés por mora.
No se efectúa declaración expresa de absolución o condena respecto al FOGASA sin
perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones establecidas en el art. 33 Estatuto
de los Trabajadores y Fundamento de Derecho Segundo de esta resolución. Notifíquese esta
sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no podrán interponer recurso de suplicación (art. 191 LRJS)
Y para que sirva de notificación en legal forma a GLOBALIZA 2 SOLUCIONES, S. L.,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a 7 de junio de 2021.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210630-145
(03/20.436/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791