Madrid número 1 (BOCM-20210629-92)
Procedimiento 1073/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 153

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
92

MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social
número 1 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1073/2020 de este Juzgado de lo social, seguido
a instancia de D./Dña. DEISY MARIELA HERNANDEZ CASTAÑEDA, D./Dña. SUSANA SOFIA LAUSADA RAYA y D./Dña. TAMMEKA MARI BATISTE CRESPO frente
a CENTROS RENER PELUQUERIA Y BELLEZA INTEGRAL, S.L. sobre Despidos /
Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
Que procede la aclaración interesada por la parte demandante del auto de fecha 1-6-2021
en los siguientes términos:
En el fallo de la sentencia debe decir: “estimando la demanda interpuesta por TAMMEKA MARI BATISTE CRESPO, DEISY MARIELA HERNANDEZ CASTAÑEDA y
SUSANA SOFIA LAUSADA RAYA contra CENTROS RENER PELUQUERIA Y BELLEZA INTEGRAL S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido de las demandantes efectuado por la empresa demandada con efectos del día 24-8-2020, declarando la
extinción de la relación laboral de la demandantes en la señalada fecha 24-8-2020 y condenando a la empresa a abonarles la indemnización de 23.722,15 euros para TAMMEKA
MARI BATISTE CRESPO, 18.186,18 euros para DEISY MARIELA HERNÁNDEZ
CASTAÑEDA y 2.685,98 euros para SUSANA SOFIA LAUSADA RAYA.
Debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a las demandantes las
siguientes cantidades en concepto de salarios desde el 1 al 24 de agosto de 2020: 1.006,14
euros para TAMMEKA MARI BATISTE CRESPO, 920,27 euros para DEISY MARIELA
HERNÁNDEZ CASTAÑEDA y 430,57 euros para SUSANA SOFÍA LAUSADA RAYA.
Todo ello más el 10% de interés por mora”.
Incorpórese esta resolución al libro de Sentencias/Autos y llévese testimonio a los
autos.
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos
que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este Auto.
Y para que sirva de notificación en legal forma a CENTROS RENER PELUQUERIA
Y BELLEZA INTEGRAL, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción
en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y el tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/20.294/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210629-92

En Madrid, a tres de junio de dos mil veintiuno.