Madrid número 21 (BOCM-20210629-124)
Ejecución 88/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 153

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE JUNIO DE 2021

Pág. 269

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
124

MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid.
Hagi saber: Que en el procedimiento 88/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. FRANCISCO IGNACIO DE LA CALLE PECULO frente a JULIO
CLAIRAC SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. FRANCISCO IGNACIO DE LA CALLE PECULO, frente a la demandada JULIO
CLAIRAC SL, parte ejecutada, por un principal de 59.014,40 euros desglosados en los siguientes conceptos:
- 31.854,68 d en concepto de indemnización.
- 22.407,36 d en concepto de salarios de tramitación.
- 4.320,33 d otros conceptos recogidos en sentencia.
- 432,03 d en concepto de 10% interés de mora de la cantidad anterior,
Más 2.950,72 euros y 5.901,44 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición
en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador
beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 2519-0000-64-0088-21.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a JULIO CLAIRAC SL,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/20.244/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210629-124

En Madrid, a tres de junio de dos mil veintiuno.