Madrid número 8 (BOCM-20210629-101)
Ejecución 74/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 153

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE JUNIO DE 2021

Pág. 237

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
101

MADRID NÚMERO 8
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social nº 8 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 74/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de GUILLERMO DEO MARTÍN frente a BIG FISH SEAFOOD COMPANY,
S.L., habiéndose citado al FONDO DE GARANTIA SALARIAL sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones cuyo contenido consta en autos:
Auto de fecha 13/04/2021 despachando orden general de ejecución de Sentencia nº
70/2020 de fecha 24/02/2020 y de Auto de fecha 15/10/2020 a favor de la parte ejecutante
GUILLERMO DEO MARTÍN, frente a la demandada BIG FISH SEAFOOD COMPANY,
S.L., parte ejecutada, por las cantidades que constan en dicha resolución en concepto de principal, intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación; impugnable mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES
días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta
de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2506-0000-64-0074-20.
Decreto de fecha 13/04/2021 de medidas ejecutivas en orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, contra el que cabe recurso directo de revisión, en el plazo de
TRES DIAS desde su notificación.
Dichas resoluciones se hayan a disposición de la empresa ejecutada en la Secretaría de
dicho Juzgado para conocimiento de su completo contenido.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BIG FISH SEAFOOD
COMPANY, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decreto que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a trece de abril de dos mil veintiuno.

BOCM-20210629-101

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/20.233/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791