C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20210518-28)
Puesto funcionario habilitación nacional –  Resolución de 10 de mayo de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que da publicidad a las bases del concurso ordinario del año 2021 y a las convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, acordadas por Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 117

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE MAYO DE 2021

operación Territorial Europeo y se han de tramitar por este motivo diversos expedientes en Inglés, así como asistir a reuniones con Alcaldía que se realizan en este
idioma. Asimismo, se considera adecuada la inclusión de este baremo en la fase
de concurso, puesto que, en la fase de oposición para Habilitados Nacionales, también se realiza una prueba de idiomas, por lo que se entiende que es algo objetivo
y atribuible al puesto.
C) Cursos de Formación: Se valora la realización de un curso sobre las nuevas competencias en materia de Tesorería al tratarse de un municipio de 3.a, por lo que la
Secretaría puede hacerse cargo de la Tesorería en virtud del art. número 2.c del artículo 92 bis, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen
Local, (redactado por el artículo 3 del Real Decreto-Ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito
en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía), en el que se atribuyen, con carácter reservado
para los municipios de clase 3.a, las funciones de control y la fiscalización interna
de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y
recaudación a los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la Subescala de Secretaría-Intervención y como solución transitoria mientras se adoptan las medidas oportunas de acuerdo a la normativa aplicable para la creación y provisión de la plaza de Tesorería del
Ayuntamiento de Manzanares El Real.
Por todo ello se establecen los siguientes méritos específicos que el Tribunal tendrá en
cuenta para sus valoraciones:
A) Experiencia profesional: 1 punto.
A.1) 0,5 puntos: Por experiencia, en puestos reservados a la Subescala de Secretaría-Intervención, en municipios en los que se haya llevado a cabo durante ese tiempo la tramitación y aprobación de Normas Subsidiarias de Planeamiento o modificaciones de las mismas y tramitación de Plan General
de Manzanares, estando dichos instrumentos de ordenación o sus modificaciones, aprobadas con arreglo a la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de
la Comunidad de Madrid.
Se otorgarán 0 puntos a aquellos candidatos que no demuestren la experiencia requerida en ambos instrumentos de planeamiento.
Se otorgarán 0,04 puntos por cada año de experiencia demostrable hasta un
máximo de 0,5 puntos.
(A estos efectos, se considerarán los servicios prestados tanto de carácter
definitivo como de cualquiera de las formas de provisión de puestos).
A.2) 0,625 puntos: Por experiencia en puestos reservados a la Subescala de Secretaría-Intervención, ejerciendo funciones propias de la Intervención y de
la Tesorería, en un municipio de categoría tercera, habiéndose aprobado
durante ese periodo un Presupuesto Municipal superior a 10.000.000 de
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(A estos efectos, se considerarán los servicios prestados tanto de carácter
definitivo como de cualquiera de las formas de provisión de puestos).
Por la experiencia en Intervención: Se otorgarán 0,04 puntos por cada año
de experiencia demostrable hasta un máximo de 0,5 puntos.
Por la experiencia en Tesorería: Se otorgarán 0,04 puntos por cada año de
experiencia demostrable hasta un máximo de 0,125 puntos.
B) Formación Académica: 0,25 puntos.
B.1) 0,25 puntos: Por poseer, como mínimo, un nivel avanzado de Inglés (Advanced C1), demostrable con el título expedido por la Universidad de Cambridge o similar, siempre que el título esté homologado.
C) Cursos de Formación: 0,125 puntos.
C.1) Se otorgarán 0,125 puntos como máximo por haber realizado formación de
nuevas competencias en materia de Tesorería, de una duración mínima
de 40 horas:
— Cursos de 40 a 80 horas: 0,02 puntos.
— Cursos de 81 a 114 horas: 0,04 puntos.
— Cursos de 115 horas en adelante: 0,125 puntos.

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