B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA (BOCM-20210518-2)
Acuerdo personal funcionario –  Acuerdo de 28 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 26 de abril de 2021, de la Mesa Sectorial de Negociación del Personal Funcionario de Administración y Servicios, por el que se establecen puntos de mejora en la prestación del servicio y las condiciones laborales del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid para el período 2021-2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 117

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 18 DE MAYO DE 2021

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(*) A la convocatoria correspondiente a la OEP 2021 se acumula la OEP 2019, con 30 plazas
(**) Como se ha señalado, se estiman 64 vacantes en el periodo, no obstante, dicha cifra podría
sufrir modificaciones
El cumplimiento del presente punto queda condicionado a lo establecido en la normativa y
disposiciones vigentes de aplicación en materia de OEP.
Artículo 6.- Escala técnica.
Por lo que respecta a la Escala Técnica, la cifra adecuada se estima en 28 efectivos, con el fin de
atender adecuadamente el incremento establecido como objetivo para la Escala Operativa, por lo
que se establecen las siguientes convocatorias:
-

Convocatoria en 2021 de 16 puestos de Técnico Medio Agente Forestal (OEPS de 2017,
18, 19 y 20).
Convocatoria de un total de 8 puestos correspondientes a las OEPs de 2022 y 2023. En
OEPS 2024 y 25 se añadirían las vacantes que en su caso pudieran generarse, si bien a
priori no se prevén.
OEPs Tco Medio AF
2021-25

Nº puestos

OEP 2022

4

OEP 2023

4
Total

8

CAPÍTULO III
REFUERZO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PARA LA ESCALA OPERATIVA Y LA
ESCALA TÉCNICA
Artículo 7.- Refuerzo transitorio del servicio entre semana (L-V de semana corta y larga), mientras
se produce la incorporación de empleo, desde 1 mayo a 31 octubre.
La gradualidad en la incorporación de nuevos agentes forestales descrita en el capítulo II, y la
seguridad en la prestación del servicio conllevan la necesidad transitoria de reforzar el servicio
ordinario.
Por lo tanto, con carácter adicional a las 1642,5 horas de jornada anual, se añaden 5 jornadas de
L-V (7 horas) en el año 2021, que no se podrán minorar con motivo de días de asuntos
particulares, vacaciones, San Isidro, festivos o disfrute compensación 24-31 diciembre.
Entre 2022 y 2025 inclusive, se realizarán jornadas de L-V de 7 horas, con arreglo al desglose que
se establece a continuación, dando lugar al abono de un complemento de productividad, con el
establecimiento de un módulo de 200 € para la Escala operativa y de 240 € para la Escala Técnica:
2022:
2023:
2024:
2025:

se realiza un total de 3 jornadas adicionales, abonadas en productividad.
se realiza un total de 1 jornada adicional, abonada en productividad.
se realiza un total de 1 jornada adicional, abonada en productividad.
se realiza 1 jornada adicional, abonada en productividad.

En caso de prórroga del Acuerdo, no será objeto de continuidad la realización de la jornada
adicional establecida para 2025.

Con el fin de acometer adecuadamente el principal riesgo al patrimonio natural de la región, que
son los incendios forestales, se reforzará la prestación del servicio durante la época de riesgo alto
que regula el Decreto INFOMA, desde 2022 inclusive.
A tales efectos, el número de días hábiles de vacaciones a solicitar en dicho periodo no podrá
superar los 13 días hábiles.
Artículo 9.- Refuerzo de prestación del servicio en fin de semana ante supuestos derivados de
activaciones de planes de protección civil en nivel 2 y sucesivos, constitución de puestos de mando

BOCM-20210518-2

Artículo 8.- Refuerzo de la prestación de servicio en época riesgo alto INFOMA (1 julio-30
septiembre), desde 2022 inclusive.