Madrid (BOCM-20210514-81)
Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz de Robregordo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 114

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
81

MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
CERTIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA SALA DE GOBIERNO

D. SEBASTIÁN LASTRA LIENDO, Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con sede en Madrid.
CERTIFICO: Que en la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid
en sesión celebrada el 12 de abril de 2021 ha adoptado el siguiente acuerdo:
3. QUINTO. ROBREGORDO.- PRÓRROGA DE NOMBRAMIENTO DEL JUEZ
DE PAZ TITULAR. RATIFICACIÓN.
Se da cuenta del acuerdo de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, de fecha 5
de marzo de este año, referente a la prórroga del nombramiento de la Juez de Paz titular
de Robregordo Dª.Celsa Pereiro Portela.
LA SALA DE GOBIERNO POR UNANIMIDAD ACUERDA: Ratificar el acuerdo
de la presidencia de fecha 5 de marzo de este año, en el que se dispone:
“Dada cuenta; visto que la expiración del mandato del Juez de Paz titular de la localidad de Robregordo, D/Dª. CELSA PEREIRO PORTELA, es de fecha 13 DE MARZO DE
2021 y, encontrándose en tramitación en el Ayuntamiento de Robregordo el nombramiento de nuevo Juez de Paz titular para dicho municipio, PRORROGUESE SU MANDATO
con carácter retroactivo desde el día 14 de marzo de 2021 y llévese a la próxima Sala de
Gobierno para la RATIFICACIÓN de dicha prórroga de cargo del anteriormente mencionado hasta que se produzca la toma de posesión del nuevo Juez de Paz titular, si se estima
oportuno”.
Con certificación, particípese el presente acuerdo al Consejo General del poder Judicial y a todos aquellos a los que se comunicó el acuerdo objeto de ratificación por esta Sala
de Gobierno.
Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Y para que conste extiendo la presente en Madrid, a día diecinueve de abril de dos mil
veintiuno.
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
Fdo.: Sebastián Lastra Liendo
(03/15.678/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210514-81

Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.