Madrid (BOCM-20210514-86)
Sala de lo Social. Sección Primera. Procedimiento 723/2020
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 114

VIERNES 14 DE MAYO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
86

MADRID
SALA DE LO SOCIAL
Sección Primera
EDICTO

DOÑA ELENA CARRASCO MANZANARES, letrada de la Administración de Justicia
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección n.º 1 de lo Social.
Hago saber: Que en el procedimiento 723/2020 de esta Sección de lo Social, seguido
a instancia de DON FRANCISCO OLEO BANET frente a UNIDAD EDITORIAL REVISTAS, S. L., UNIDAD DE MEDIOS DIGITALES, S. L., UNIDAD EDITORIAL, S. A.,
UNIDAD EDITORIAL INFORMACIÓN GENERAL, S. L., UNEDISA COMUNICACIONES, S. L., LAST LAP, S. L., LA ESFERA DE LOS LIBROS, S. L., UNIDAD EDITORIAL INFORMACIÓN REGIONAL, S. A., UNIDAD EDITORIAL INFORMACIÓN
DEPORTIVA, S. L., UNEDISA TELECOMUNICACIONES, S. L., UNIDAD LIBERAL
DE RADIO, S. L., EDICIONES CÓNICA, S. A., VEO TELEVISIÓN, S. A., CORPORACIÓN RADIOFÓNICA INFORMACIÓN Y DEPORTE, S. L., UNIDAD EDITORIAL
INFORMACIÓN ECONÓMICA, S. L. U., UNIDAD EDITORIAL JUEGOS, S. A., UNIDAD EDITORIAL FORMACIÓN, S. L., REY SOL, S. L., EDITORA DE MEDIOS DE
VALENCIA, ALICANTE Y CASTELLÓN, S. L., EDISERVICIOS MADRID 2000, S. L.,
INFORMACIÓN ESTADIO DEPORTIVO, S. A., LOGINTEGRAL 2000, S. A., UNEDISA TELECOMUNICACIONES LEVANTE, S. L., y CANAL MUNDO RADIO CATALUÑA, S. L., sobre recurso de suplicación se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DOÑA ELENA CARRASCO MANZANARES
En Madrid, a 6 de abril de 2021.
El Letrado DON ALEJANDRO COBOS SÁNCHEZ, en nombre y representación de
UNIDAD EDITORIAL REVISTAS, S. L. U., ha presentado escrito de interposición de recurso de casación para la unificación de doctrina en tiempo y forma, no habiendo aportado
las oportunas certificaciones de Sentencia en la forma que posibilita el apartado 3 del artículo 224 de la LRJS, ni justificante de su solicitud.
ACUERDO:

— Advertir a las partes, que deberán acreditar su representación, de no constar previamente en las actuaciones y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones con todos los datos necesarios para su práctica
con los efectos del apartado 2 del artículo 53 de la LRJS.
— Líbrense los correspondientes oficios a la Sección 4.ª de esta Sala, y al Tribunal Superior de Justicia de Galicia, a fin de que remitan las sentencias de contraste invocadas por
la parte.
Notifíquese a las partes.

BOCM-20210514-86

— Tener por interpuesto en tiempo y forma el recurso de casación para la unificación
de doctrina y emplazar a las demás partes para su personación por escrito mediante letrado,
ante la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de los diez días siguientes, contados a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho a la parte recurrente, con la remisión de los presentes autos.