Torrejón de Ardoz (BOCM-20210514-74)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 114

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE MAYO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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TORREJÓN DE ARDOZ
RÉGIMEN ECONÓMICO

1. Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles para la inclusión de un sistema de fraccionamiento 2021 en el marco de la segunda fase del Pacto Torrejón Solidario, adoptado por la Junta de Gobierno Local del día 28 de diciembre de 2020.
2. De conformidad al apartado 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la eficacia de la modificación de la ordenanza se ha hace depender de la publicación
del acuerdo de aprobación provisional, elevado automáticamente a la categoría de definitivo por falta de presentación de reclamaciones durante el período de información pública,
se aprueba la nueva redacción de los artículos de la citada ordenanza fiscal, en los términos
que se contienen en el texto anexo.
3. De conformidad con lo que establece el mismo texto legal contra el presente
acuerdo definitivo de modificación de las ordenanzas fiscales, no cabrá otro recurso que el
contencioso administrativo, que se podrá interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de
este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
1. La aprobación de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto
sobre bienes inmuebles, incluyendo la siguiente:
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Con efectos exclusivos para el presente ejercicio 2021, no se aplicarán intereses de demora, ni, en su caso, se exigirá garantía, a los acuerdos de aplazamiento o fraccionamiento
de las cuotas líquidas del impuesto que hubieran sido solicitados en período voluntario,
siempre que al pago total se produzca en este mismo ejercicio.
DISPOSICIÓN FINAL

BOCM-20210514-74

Entrada en vigor.—La presente inclusión de la disposición adicional única comenzará a regir al día siguiente de su publicación íntegra en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y extenderá su eficacia durante todo el ejercicio 2021.
2. Y dar traslado, en su caso, de esta aprobación provisional, a los Departamentos correspondientes a los efectos del cumplimiento de los requisitos de publicación y publicidad
exigidos por la legislación vigente.
En Torrejón de Ardoz, a 30 de abril de 2021.—El concejal-delegado de Hacienda, PDA
de 11 de noviembre de 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de
noviembre de 2019), Marcos López Álvarez.
(03/15.831/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791