Madrid número 21 (BOCM-20210514-150)
Procedimiento 469/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 114

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE MAYO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
150

MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA ARACELI CRESPO PASCUAL, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 21 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 469/2020-A de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA ANISOARA NISTOR frente a DESARROLLOS MULTISERVICIOS ALCALÁ, S. L., sobre procedimiento ordinario se ha dictado sentencia, cuyo fallo
es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta a instancia doña Anisoara Nistor, contra la
mercantil Desarrollos Multiservicios Alcalá, S. L., que no comparece pese a su citación en
forma, con citación a FOGASA que tampoco comparece debo condenar y condeno a Desarrollos Multiservicios Alcalá, S. L., al pago a doña Anisoara Nistor la cantidad de 224,51
euros por los conceptos especificados en el hecho probado segundo de la presente resolución que devengará el 10% de interés por mora.
Notifíquese esta Sentencia a las partes a las que se advierte que contra la misma no
cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid.
Así lo acuerda, manda y firma, la Dña. Silvia Plaza Ballesteros, Magistrada-Juez del
Juzgado de lo Social n.º 21 de Madrid.
Publicación.—Dada, leída y publicada la anterior sentencia por la Sra. MagistradaJuez que la dictó, encontrándose celebrando audiencia pública el día de su fecha, de lo que
yo la Letrada de la Administración de Justicia, doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a DESARROLLOS MULTISERVICIOS ALCALÁ, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 19 de abril de 2021.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

BOCM-20210514-150

(03/14.095/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791