Madrid (BOCM-20210513-54)
Régimen económico. Distrito de Salamanca. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 113

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MAYO DE 2021

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BOCM-20210513-54

Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.
Para la modalidad de Proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañara una
memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I.
Para la modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales, junto a la solicitud
de subvención, se acompañará cumplimentado el modelo Anexo II.
Límites:
— Para la modalidad de proyectos quedan excluidos de la presente convocatoria los
proyectos de actividades que tengan por objeto gastos de inversión.
No serán admitidos aquellos proyectos cuyo presupuesto total, impuestos incluidos, supere los 8.000,00 euros para cada anualidad.
La cuantía solicitada no podrá superar el presupuesto del proyecto y no podrá ser
superior a 3.500,00 euros para cada anualidad. No serán admitidas las peticiones
cuya cuantía solicitada sea superior al límite expresado.
— Para la modalidad de gastos de mantenimiento de sede social no podrán concederse subvenciones para aquellos locales o inmuebles que hayan sido cedidos gratuitamente por el Ayuntamiento de Madrid a la entidad.
No serán financiables en esta modalidad los gastos derivados de cualquier clase de
obras en las sedes sociales u otros espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual.
La cuantía solicitada para la modalidad de gastos de alquiler y funcionamiento, en
conjunto, no podrá ser superior a 2.000,00 euros para cada anualidad.
No serán admitidas las peticiones cuya cuantía solicitada sea superior a límite expresado.
— Para la modalidad de gastos de adquisición de equipamiento, desarrollo tecnológico y mobiliario, las entidades habrán de consignar en la solicitud el presupuesto
de gasto estimado, impuestos incluidos. No serán admitidas solicitudes de subvención cuya cuantía supere este presupuesto. La cuantía solicitada en este caso no
podrá ser superior a 400,00 euros para cada anualidad. No serán admitidas las peticiones cuya cuantía solicitada sea superior al límite expresado.
Estos gastos deberán tener como destino las sedes sociales de las entidades u otros inmuebles en los que desarrollen sus actividades de forma habitual.
Madrid, a 30 de abril de 2021.—El concejal-presidente del Distrito de Salamanca, José
Fernández Sánchez.
(03/16.359/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791