Madrid (BOCM-20210513-53)
Régimen económico. Distrito de Latina. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 113

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto del decreto de 27 de abril de 2021, del concejal-presidente del Distrito de Latina, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo
en el año 2021-2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index 2021 ID 561789 y 2022 ID 561793).
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el
Distrito de Latina y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus
organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada
por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017 (OBRGS).
Segundo. Objeto.—La promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid que, en los años 2021 y 2022 y como consecuencia de la crisis provocada por el coronavirus COVID-19, han de contribuir a paliar las consecuencias negativas que esta ha provocado a la ciudadanía madrileña desde el punto de
vista personal, económico y social. A través del desarrollo de proyectos, así como garantizar la continuidad y correcto funcionamiento de las asociaciones del distrito financiando
gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios en los que las asociaciones desarrollen sus actividades de forma habitual (gastos de alquiler, gastos de funcionamiento
y/o gastos para la adquisición de mobiliario y equipamiento necesario para el correcto funcionamiento de la entidad).
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos
de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de
Madrid, de 31 de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria, para cada anualidad, asciende a 140.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: 70.000 euros.
— Modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 70.000
euros, cuyo desglose es el siguiente:
d Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 50.000 euros.
d Gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento: 20.000 euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación será de
quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Para la anualidad 2022, el plazo de presentación será del 10 de diciembre de 2021 al 20
de enero de 2022.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.

BOCM-20210513-53

Distrito de Latina