Madrid número 40 (BOCM-20210513-206)
Procedimiento 1327/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 113

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
206

MADRID NÚMERO 40
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRÁN MORIANA, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 40 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1327/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIYA STOEVA IVANOVA frente a FOGASA y AGUA
PIÑA SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
DISPONGO
NO HABER LUGAR A LA ACLARACIÓN de sentencia formulada por Dª MARIYA STOEVA IVANOVA., en el punto primero de su escrito de aclaración.
En cuanto al punto segundo del escrito de aclaración DONDE DICE: ESTIMANDO
PARCIALMENTE la demanda formulada por GRAZIELA CACCAVALE CARRILLO
contra la Empresa AGUA PIÑA, S.L sobre CANTIDAD, debo condenar y CONDENO a
dicha demandada a pagar a la trabajadora la suma de 501,95 EUROS, más el 10% de la misma en concepto de interés por mora. DEBE DECIR: ESTIMANDO PARCIALMENTE la
demanda formulada por Dª MARIYA STOEVA IVANOVA contra la Empresa AGUA
PIÑA, S.L sobre CANTIDAD, debo condenar y CONDENO a dicha demandada a pagar a
la trabajadora la suma de 501,95 EUROS, más el 10% de la misma en concepto de interés
por mora.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma
no cabe recurso alguno, sin perjuicio del recurso de suplicación que se pueda interponerse
contra la sentencia definitiva (artículo 215.5 de la LEC).
Incorpórese esta resolución al libro de y llévese testimonio a los autos.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
D./Dña. BEATRIZ VICTORIA PRADA RODRÍGUEZ
EL MAGISTRADO-JUEZ
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos
que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, sal-

BOCM-20210513-206

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AGUA PIÑA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.