Madrid número 9 (BOCM-20210513-106)
Procedimiento 1321/2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 113

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MAYO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
106

MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 1321/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia
de D.ALEJANDRO VERDUGO GOMEZ frente a TITAN ENTERTAINMENT SL sobre
Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA Nº 149/2021.
En Madrid a catorce de abril de dos mil veintiuno.
VISTOS por la Ilustrísima Sra. DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA, MagistradaJuez Titular del Juzgado de lo Social nº 5 de los de Madrid en sustitución en el Juzgado de
lo Social nº 9 de Madrid los presentes autos sobre CANTIDAD siendo partes en los mismos, de una como demandante D. ALEJANDRO VERDUGO GÓMEZ representado por la
Letrada Dª Esther Comas López y de otra, como demandada TITAN ENTERTEINMENT
SA que no comparece.
EN NOMBRE DEL REY
Ha dictado la siguiente
SENTENCIA
FALLO

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la
notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del
Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Órgano Judicial (IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274),
abierta en la entidad bancaria BANCO SANTANDER, sita en la calle Princesa nº 2 de
Madrid, debiendo hacer referencia en concepto al nº de cuenta de Consignaciones de este Juzgado número de cuenta 2507-0000-00-1321-19 con referencia de la entidad remitente y la persona titular de la cuenta bancaria, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de
haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en dicha cuenta de
Depósitos y Consignaciones la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
De conformidad con la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, Instrucción 5/2012 de 21 de
noviembre así como Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre (BOE del día 15) la parte
o partes que deseen recurrir deberán presentar el Modelo 696 de autoliquidación con el in-

BOCM-20210513-106

Que estimando la demanda interpuesta por D. ALEJANDRO VERDUGO GÓMEZ
contra TITAN ENTERTEINMENT SA debo condenar a la empresa a que abone al trabajador la suma de 3.767,55 euros más un interés del 10 por 100 en concepto de mora.