Madrid número 24 (BOCM-20210513-164)
Procedimiento 1177/2020
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
Pág. 298

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 113

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
164

MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

ÓRGANO QUE ORDENA CITAR
JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 24 DE Madrid.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
JUICIO N.º 1177/2020 PROMOVIDO POR DOÑA JENNIFER HERNÁNDEZ OLMOS SOBRE Despido.
PERSONA QUE SE CITA
RUCLACEMA, S. L., EN CONCEPTO DE PARTE DEMANDADA EN DICHO
JUICIO.
OBJETO DE LA CITACIÓN
ASISTIR AL/A LOS ACTO/S DE CONCILIACIÓN Y JUICIO Y EN, SU CASO,
RESPONDER AL INTERROGATORIO SOLICITADO POR DOÑA JENNIFER HERNÁNDEZ OLMOS SOBRE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO Y QUE EL TRIBUNAL DECLARE PERTINENTE.
LUGAR Y FECHA EN LA QUE DEBE COMPARECER
EN LA SEDE DE ESTE JUZGADO, SITO EN C/ Princesa, 3, Planta 8, 28008, SALA
DE VISTAS N.º 8.2, UBICADA EN LA PLANTA OCTAVA, EL DÍA 21 DE MAYO
DEL 2021 A LAS 11,40 HORAS.
ADVERTENCIAS LEGALES

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día
de la celebración del juicio.
En Madrid, a 15 de abril de 2021.
DOÑA MARTA MENÁRGUEZ SALOMÓN
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/15.677/21)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210513-164

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 LJS).
Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 LJS).
2. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse (artículo 82.2 LJS).
3. Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procurador o Graduado Social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro
de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 LJS).
4. Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000,
de Enjuiciamiento Civil —LEC—, en relación con el artículo 91 de la LJS).
5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero.