C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210513-20)
Plan general de urbanismo –  Acuerdo de 5 de mayo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual número 1 del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas de 2009, referida a la edificación de la iglesia y al antiguo convento de las religiosas Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MAYO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 113

ción, consolidación, recuperación y acondicionamiento. Excepcionalmente, estarán permitidas las obras de reestructuración.
Sobre el resto de construcciones adosadas a la protegida, reguladas igualmente por la
norma zonal 8.1, no se establece ningún tipo de protección y por lo tanto se permitirán todo
tipo de obras, pudiendo ser objeto de sustitución, es decir, de demolición y nueva edificación (ampliaciones hasta materializar la totalidad de la edificabilidad asignada por la norma zonal a la parcela), siendo preciso, previamente a la solicitud de licencia de obras, tramitar un Estudio de Detalle que ordene los volúmenes edificables, asegurando la adecuada
valoración volumétrica y ambiental de las edificaciones protegidas, salvaguardando sus valores tipológicos, tal y como se refleja en la Ficha de Catálogo.
En relación con el análisis y valoración de la Modificación Puntual, con fecha 24 de
marzo y 14 de abril de 2021, la Dirección General de Urbanismo ha emitido informes técnico y jurídico favorables, en los que se recoge que la Modificación Puntual remitida por el
Ayuntamiento de Alcobendas se considera adecuadamente formulada y suficientemente
justificada desde el punto de vista técnico, garantizando los principios rectores de la ordenación urbanística y quedando subordinada al interés general, según lo establecido en el artículo 3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. La Modificación Puntual se corresponde con los artículos 67, 68 y 69 de la misma Ley.
En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplido los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 27 de abril de 2021, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo de 15 de abril de 2021,
informó favorablemente la Modificación puntual número 1 del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Plan General de Alcobendas de 2009.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,
corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo de
Madrid, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con
población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, y a
efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, sita en la calle Alcalá,
número 16, quinta planta, de Madrid, donde podrá ser consultado.
Una vez publicado el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial el contenido íntegro de
la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de abril de 2009.
En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la
sesión celebrada el 27 de abril de 2021, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en
su reunión del día 5 de mayo de 2021,
ACUERDA

Aprobar definitivamente la Modificación puntual número 1 del Catálogo de Bienes y
Espacios Protegidos del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas de 2009, referida a la edificación de la iglesia y al antiguo convento de las religiosas Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús.
Segundo
Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 66.1.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo
de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20210513-20

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