C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210513-20)
Plan general de urbanismo –  Acuerdo de 5 de mayo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual número 1 del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas de 2009, referida a la edificación de la iglesia y al antiguo convento de las religiosas Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús
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B.O.C.M. Núm. 113

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MAYO DE 2021

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
ACUERDO de 5 de mayo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba
definitivamente la Modificación Puntual número 1 del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Plan General de Ordenación Urbana de Alcobendas de 2009,
referida a la edificación de la iglesia y al antiguo convento de las religiosas Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús.

El objeto de la Modificación puntual número 1 del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Plan General de Alcobendas de 2009 es incorporar una nueva Ficha en el Catálogo Municipal de Bienes y Espacios Protegidos, referida a la edificación de la iglesia y el
antiguo convento de las religiosas Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús, que determine
el grado de protección Estructural para estas edificaciones.
La iglesia está situada en el paseo del Conde de los Gaitanes, número 23, de la urbanización La Moraleja y forma parte de lo que fue el convento o casa de espiritualidad de las
religiosas Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús.
El edificio original con fachada al paseo Conde de los Gaitanes, forma parte de la configuración del paisaje urbano de La Moraleja, convirtiéndose en un referente urbano, singular para los vecinos de esta urbanización. El conjunto de edificaciones no mantiene su
uso propiamente conventual; actualmente en la capilla se celebra culto abierto, regido por
la iglesia parroquial de Nuestra Señora de La Moraleja.
El Plan General de Ordenación Urbana de 2009 clasifica la parcela de 20.004 m2 de
superficie donde se localizan la iglesia y el convento como suelo urbano consolidado, y le
asigna como condiciones urbanísticas para la ordenación de la parcela, las determinaciones
particulares de la Norma Zonal 8, Grado 1.o La Moraleja Centro.
Según la Norma Zonal 8, grado 1.o de aplicación, la edificabilidad máxima de la parcela es de 0,33 m2e/m2s y dado que la superficie de la parcela es de 20.004 m2s, la edificabilidad máxima calculada conforme a la norma zonal asciende a 6.601,32 m2 edificables.
El uso característico es el uso dotacional, clase equipamiento y el residencial, clase residencia comunitaria. Actualmente el uso implantado es el dotacional privado PV, clase equipamiento categoría A-1 religioso.
Respecto al contenido y justificación de la ordenación, se trata de proteger el valor tipológico, formal y estético de la iglesia, conservando su integridad funcional y su imagen
exterior. De esta forma se conseguirá también mantener su valor social, proteger su singularidad dentro de la urbanización de La Moraleja, pues es un referente urbano singular para
los vecinos de esta urbanización.
La modificación propone para la protección de la iglesia y el antiguo convento de las
religiosas Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús, la incorporación de una nueva Ficha en
el Catálogo de Bienes referida a estas edificaciones, que determine una protección de nivel
estructural para el conjunto de iglesia y antiguo convento, mientras que el resto de construcciones existentes (o las que pudieran sustituirlas) no estarán protegidas, aunque cuando se
actúe sobre ellas se asegurará la adecuada valoración volumétrica y ambiental de las edificaciones protegidas, salvaguardando sus valores tipológicos.
Esta nueva Ficha número 8 sigue el modelo actual del Catálogo vigente y en ella se incluye, en el apartado 5 Condiciones de Protección, el tipo de protección para el elemento
que se pretende catalogar y las obras permitidas, regulándose por la norma zonal 8.1 del
Plan General de Alcobendas 2009, de aplicación a la parcela.
Para las construcciones de la iglesia, claustro y dependencias anexas, se le asigna una
protección estructural, de forma que no se pueda alterar su aspecto exterior, salvo en las medianerías con edificios no protegidos. El Catálogo de Alcobendas aplica esta protección estructural a edificios, construcciones y elementos de excepcional valor arquitectónico y significación cultural y ciudadana.
En las edificaciones protegidas con nivel estructural estarán permitidas con carácter
general, tal y como se señala en el Catálogo vigente, las obras de mantenimiento, restaura-

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