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Convenio –  Convenio de 27 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura y Turismo) y el Patronato Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón para la potenciación de actividades coreográficas en dicho municipio
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 113

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 13 DE MAYO DE 2021

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4. En concreto y por medio de la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón realizará las siguientes aportaciones:
a) Cesión de uso de la sala de ensayos y uso de escenarios del “Mira Teatro”, de la
Escuela Municipal de Música y Danza (EMMD) y los espacios que a continuación
se especifican, durante la vigencia del presente convenio y con total disponibilidad horaria, siempre que no afecte a la programación del Patronato de Cultura:
— Sala de ensayos.
— Espacio escénico.
— Almacén y oficina.
b) Permitir el uso del teatro o auditorio y de las aulas de danza de la Escuela Municipal
de Música y Danza (EMMD) en el horario previamente aprobado por el patronato.
c) Hacerse cargo de todos los servicios de mantenimiento, limpieza y conserjería, así
como de todos los gastos corrientes de suministros necesarios para el buen funcionamiento de las infraestructuras, excepto teléfono e internet.
d) En el caso de producirse ingresos de taquilla por la realización de cualquier actividad relacionada con el objeto de este convenio, serán ingresos del Patronato Municipal de Cultura. La recaudación de la taquilla será ingresada en su integridad en
la cuenta corriente bancaria del Patronato Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, designada por la tesorería del Patronato.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Para la realización del referido proyecto de difusión de la danza, en el municipio de Pozuelo de Alarcón la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura y Turismo,
de acuerdo con lo dispuesto en la legislación de contratos del Sector Público vigente en el
momento de efectuarse el mismo y tras el correspondiente expediente de contratación, realizará las acciones oportunas para la suscripción de un contrato privado de creación, exhibición, interpretación artística o de espectáculos y otro para la realización de actividades formativas y de proximidad, o encuentros, garantizándose la concurrencia y publicidad de
acuerdo con la legislación vigente.
Dicha contratación tendrá por objeto el diseño, la producción, la creación, y la exhibición de las actividades artísticas necesarias para la realización de los fines del presente convenio mediante representaciones, así como la realización de talleres de formación, campañas escolares, formación de nuevos públicos, nueva creación coreográfica, muestras de
artistas y creaciones y cualesquiera otras actuaciones relacionadas con la consecución del
objeto del presente convenio.
La no contratación podrá dar lugar a la extinción del Convenio por incumplimiento de
esta obligación por parte de la Comunidad de Madrid.
Cuarta

Se creará una comisión mixta paritaria de vigilancia, control y seguimiento que, resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse, con el fin de
adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudiesen producir.
Dicha comisión estará integrada por dos representantes del Patronato Municipal de
Cultura de Pozuelo de Alarcón y dos representantes de la Consejería de Cultura y Turismo.
Ejercerá las funciones de Presidente de esta comisión, el titular de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo, o persona en quien delegue, y de Secretario, con voz pero sin voto, un funcionario adscrito a la misma.
El funcionamiento de dicha Comisión Mixta, se regulará por lo dispuesto en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

BOCM-20210513-48

Comisión de seguimiento