Madrid número 46 (BOCM-20210510-69)
Procedimiento 716/2018
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BOCM
Pág. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 110
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
69
MADRID NÚMERO 46
EDICTO
Don Pedro Sáenz Pastor, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera
instancia número 46 de Madrid.
BOCM-20210510-69
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 716/2018, instados por el procurador don Gumersindo Luis García Fernández, en nombre
y representación del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, contra Art Fairs, S. L., en
reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 19 de diciembre de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Gumersindo Luis García Fernández, en representación del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, contra Art
Fairs, S. L., debo condenar y condeno a la demandada, Art Fairs, S. L., a abonar a la parte
actora la cantidad de 3.608,22 euros, más el interés legal desde la fecha de presentación de
la demanda.
Se imponen las costas a la parte demandada.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días,
ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2540-0000-03-0716-18 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en el Banco Santander. Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia
bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274,
indicando en el campo “beneficiario”: Juzgado de primera instancia número 46 de
Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2540-0000-03-0716-18. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté
constituido (Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional 15).
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, Art Fairs, S. L.,
y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en
la secretaría de este tribunal.
En Madrid, a 22 de diciembre de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia.
(02/14.350/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 110
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
69
MADRID NÚMERO 46
EDICTO
Don Pedro Sáenz Pastor, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera
instancia número 46 de Madrid.
BOCM-20210510-69
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 716/2018, instados por el procurador don Gumersindo Luis García Fernández, en nombre
y representación del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, contra Art Fairs, S. L., en
reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 19 de diciembre de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Gumersindo Luis García Fernández, en representación del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid, contra Art
Fairs, S. L., debo condenar y condeno a la demandada, Art Fairs, S. L., a abonar a la parte
actora la cantidad de 3.608,22 euros, más el interés legal desde la fecha de presentación de
la demanda.
Se imponen las costas a la parte demandada.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días,
ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la LEC), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2540-0000-03-0716-18 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en el Banco Santander. Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia
bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274,
indicando en el campo “beneficiario”: Juzgado de primera instancia número 46 de
Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2540-0000-03-0716-18. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté
constituido (Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional 15).
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, Art Fairs, S. L.,
y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en
la secretaría de este tribunal.
En Madrid, a 22 de diciembre de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia.
(02/14.350/21)
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ISSN 1989-4791