Madrid número 21 (BOCM-20210510-161)
Procedimiento 384/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MAYO DE 2021
Pág. 313
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
161
MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 384/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de Dña. KATIUSCA JOSEFINA NEGRIN RUIZ frente a ADVANCED DATA
SERVICES IBERICA SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta a instancia Dª Katiusca
Josefina Negrín Ruiz contra la mercantil “Advanced Data Services Ibérica S.L.”, DEBO
CONDENAR Y CONDENO a “Advanced Data Services Ibérica S.L.”, al pago a Dª Katiusca Josefina Negrín Ruiz la cantidad de 2.213,63 euros por los conceptos especificados en el
hecho probado tercero de la presente resolución que devengará el 10% de interés por mora.
Notifíquese esta Sentencia a las partes a las que se advierte que contra la misma cabe
interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los
cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado
para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que
deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la
cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2519-0000-00-1202-19 del BANCO
DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de
anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad
Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del
avalista.
Así lo acuerda, manda y firma, la Dña. Silvia Plaza Ballesteros, Magistrada-Juez del
Juzgado de lo Social Nº 21 de Madrid.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada la anterior sentencia por la Sra. Magistrada-Juez que la dictó, encontrándose celebrando audiencia pública el día de su fecha, de lo
que yo la Letrada de la Administración de Justicia, doy fe.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a doce de abril de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/12.986/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210510-161
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ADVANCED DATA
SERVICES IBERICA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.
B.O.C.M. Núm. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MAYO DE 2021
Pág. 313
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
161
MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 384/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de Dña. KATIUSCA JOSEFINA NEGRIN RUIZ frente a ADVANCED DATA
SERVICES IBERICA SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta a instancia Dª Katiusca
Josefina Negrín Ruiz contra la mercantil “Advanced Data Services Ibérica S.L.”, DEBO
CONDENAR Y CONDENO a “Advanced Data Services Ibérica S.L.”, al pago a Dª Katiusca Josefina Negrín Ruiz la cantidad de 2.213,63 euros por los conceptos especificados en el
hecho probado tercero de la presente resolución que devengará el 10% de interés por mora.
Notifíquese esta Sentencia a las partes a las que se advierte que contra la misma cabe
interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los
cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado
para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que
deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la
cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2519-0000-00-1202-19 del BANCO
DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de
anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad
Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del
avalista.
Así lo acuerda, manda y firma, la Dña. Silvia Plaza Ballesteros, Magistrada-Juez del
Juzgado de lo Social Nº 21 de Madrid.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada la anterior sentencia por la Sra. Magistrada-Juez que la dictó, encontrándose celebrando audiencia pública el día de su fecha, de lo
que yo la Letrada de la Administración de Justicia, doy fe.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a doce de abril de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/12.986/21)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210510-161
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ADVANCED DATA
SERVICES IBERICA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.