Madrid número 40 (BOCM-20210510-215)
Procedimiento 240/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 374
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 110
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
215
MADRID NÚMERO 40
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. CARMEN LUCIA CASTELLANO VAZQUEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN.
DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 40 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 240/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. MAHER ADLI MEHANI frente a LA MANYULA, S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
“Estimo la demanda de despido formulada por D. Maher Adli Mehani, contra La
Manyula, S.L.,y condeno a la parte demandada a abonar al actor la cantidad de 6714 euros
brutos más los intereses del art. 29.3 LET.
“DISPONGO
Haber lugar a la aclaración solicitada, y en consecuencia:
- En el Antecedente de Hecho 1º: donde dice “despido” debe decir “cantidad”.
- En el Fallo, donde dice: “Estimo la demanda de despido formulada por D. Maher Adli
Mehani, contra La Manyula, S.L.,y condeno a la parte demandada a abonar al actor la cantidad de 6714 euros brutos más los intereses del art. 29.3 LET”, debe decir “Estimo la demanda de reclamación de cantidad formulada por D. Maher Adli Mehani, contra La
Manyula, S.L.,y condeno a la parte demandada a abonar al actor la cantidad de 6714 euros
brutos más los intereses del art. 29.3 LET por periodo agosto de 2019 a diciembre de 2019”.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LA MANYULA, S.L.,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintiséis de marzo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210510-215
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/11.239/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 374
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 110
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
215
MADRID NÚMERO 40
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. CARMEN LUCIA CASTELLANO VAZQUEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN.
DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 40 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 240/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. MAHER ADLI MEHANI frente a LA MANYULA, S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
“Estimo la demanda de despido formulada por D. Maher Adli Mehani, contra La
Manyula, S.L.,y condeno a la parte demandada a abonar al actor la cantidad de 6714 euros
brutos más los intereses del art. 29.3 LET.
“DISPONGO
Haber lugar a la aclaración solicitada, y en consecuencia:
- En el Antecedente de Hecho 1º: donde dice “despido” debe decir “cantidad”.
- En el Fallo, donde dice: “Estimo la demanda de despido formulada por D. Maher Adli
Mehani, contra La Manyula, S.L.,y condeno a la parte demandada a abonar al actor la cantidad de 6714 euros brutos más los intereses del art. 29.3 LET”, debe decir “Estimo la demanda de reclamación de cantidad formulada por D. Maher Adli Mehani, contra La
Manyula, S.L.,y condeno a la parte demandada a abonar al actor la cantidad de 6714 euros
brutos más los intereses del art. 29.3 LET por periodo agosto de 2019 a diciembre de 2019”.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LA MANYULA, S.L.,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintiséis de marzo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210510-215
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/11.239/21)
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ISSN 1989-4791