Madrid número 14 (BOCM-20210510-134)
Procedimiento 1080/2019
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 278
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 110
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
134
MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADA DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1080/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ARTUR SEMIKHATOV frente a D. SERHIY SOLOVEY sobre
Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
“Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda que en materia de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD ha interpuesto D. ARTUR SEMIKHATOV contra D. SERHIY
SOLOVEY, debo condenar y condeno a éste a que abone al actor la cantidad total bruta de
CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (5.420,35 euros), junto con el interés por mora del artículo 29.3 del ET así como al
pago de 542,00 euros en concepto de costas; Y todo ello, habiéndose dado intervención al
FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma
pueden interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, el cual, en su caso, deberá ser anunciado dentro de los 5 días
siguientes a la notificación de la sentencia, bastando para ello la mera manifestación en tal
sentido de la parte o de su abogado, graduado social o de su representante, en el momento
de hacerle la notificación, o por medio de escrito o comparecencia. En el caso de que la recurrente fuera la empresa demandada, deberá acreditar al tiempo de anunciar el recurso haber ingresado en la cuenta corriente de este Juzgado en la entidad bancaria Banco Santander, nº de cuenta IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274 y en observaciones 2512 0000 65
1080/19, la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. De igual modo, todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo o
beneficiario del régimen público de la Seguridad Social intente interponer recurso de suplicación deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado en la indicada
cuenta como depósito la cantidad de 300 .
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo”.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D. SERHIY SOLOVEY, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.240/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210510-134
En Madrid, a catorce de abril de dos mil veintiuno.
Pág. 278
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MAYO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 110
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
134
MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADA DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1080/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. ARTUR SEMIKHATOV frente a D. SERHIY SOLOVEY sobre
Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
“Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda que en materia de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD ha interpuesto D. ARTUR SEMIKHATOV contra D. SERHIY
SOLOVEY, debo condenar y condeno a éste a que abone al actor la cantidad total bruta de
CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTE EUROS CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS (5.420,35 euros), junto con el interés por mora del artículo 29.3 del ET así como al
pago de 542,00 euros en concepto de costas; Y todo ello, habiéndose dado intervención al
FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma
pueden interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, el cual, en su caso, deberá ser anunciado dentro de los 5 días
siguientes a la notificación de la sentencia, bastando para ello la mera manifestación en tal
sentido de la parte o de su abogado, graduado social o de su representante, en el momento
de hacerle la notificación, o por medio de escrito o comparecencia. En el caso de que la recurrente fuera la empresa demandada, deberá acreditar al tiempo de anunciar el recurso haber ingresado en la cuenta corriente de este Juzgado en la entidad bancaria Banco Santander, nº de cuenta IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274 y en observaciones 2512 0000 65
1080/19, la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. De igual modo, todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo o
beneficiario del régimen público de la Seguridad Social intente interponer recurso de suplicación deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado en la indicada
cuenta como depósito la cantidad de 300 .
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo”.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D. SERHIY SOLOVEY, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.240/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210510-134
En Madrid, a catorce de abril de dos mil veintiuno.