C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210510-19)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 1120/2021, de 26 de abril, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se convocan para el año 2021 las ayudas a los Ayuntamientos de la región para colaborar en el sostenimiento de los colegios públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Especial radicados en su municipio en los que se imparte Educación Secundaria Obligatoria o en los que se escolarizan alumnos censados en otros municipios por falta o insuficiencia de oferta educativa
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 110

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MAYO DE 2021

Pág. 97

• El 30 por 100 restante, al número de unidades que haya sido preciso poner en
funcionamiento en los colegios públicos de Educación Infantil, Primaria y/o
Educación Especial.
— Un 25 por 100 al alumnado y unidades incluido en los apartados a), b) y c) del supuesto 2 de la base cuarta de la Orden 2100/2018, de 7 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras.
A su vez, el crédito resultante de esta operación se asignará del siguiente modo:
• Un 70 por 100 al alumnado.
• El 30 por 100 restante, al número de unidades que haya sido preciso poner en
funcionamiento en los colegios públicos de Educación Infantil, Primaria y/o
Educación Especial.
En segundo lugar, se aplicarán los siguientes módulos cuya cuantía máxima se establece por la presente orden:
1. El módulo máximo anual por cada alumno, objeto de esta convocatoria, será
de 210 euros.
2. El módulo máximo por unidad que haya sido preciso poner en funcionamiento en
los centros a causa de la escolarización de los alumnos censados en otros municipios o, en
su caso, para impartir Educación Secundaria Obligatoria en colegios públicos de Educación
Infantil y Primaria, será de 2.500 euros.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al
de la publicación de este extracto, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 26 de abril de 2021.
El Consejero de Educación y Juventud,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO

BOCM-20210510-19

(03/15.925/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791