Almería número 2 (BOCM-20210510-233)
Ejecución 89/2020
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MAYO DE 2021
Pág. 393
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
233
ALMERÍA NÚMERO 2
EDICTO
D/Dª BEATRIZ ROMERO CASTILLO, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE ALMERÍA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 89/2020 a
instancia de la parte actora D/Dª. ISABEL MARÍA CARMONA RICO contra LESSORS
GESTION DE ALQUILERES SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 9/04/21 del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución de la sentencia dictada en estas actuaciones con fecha 17/06/20 y auto de extinción de la relación laboral de 17/02/21, despachándose la misma a favor de D. ISABEL MARÍA CARMONA RICO, contra LESSORS GESTION DE ALQUILERES SL por la cantidad de 25.871,81 euros (2.941,19 euros de
cantidad establecida en sentencia, más 294,12 de interés por mora, más 2.373,25 euros de
indemnización y 20.263,25 de salarios de tramitación fijados en autos de extinción) en concepto de principal, más la de 2.587,18 euros calculados de intereses y costas, siguiéndose
la via de apremio sobre sus bienes, derechos o acciones hasta hacer pago a los ejecutantes
de las cantidades citadas.
Consúltense y obténganse de la aplicación de la AEAT, la TGSS, y, en su caso domicilio Fiscal de empresas acreedoras de la ejecutada, así como los datos oportunos imprescindibles a fin de asegurar la efectividad de la presente ejecución.
Notifiquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma
podrá interponerse en el plazo de TRES DIAS RECURSO DE REPOSICION, en el que,
además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos,
extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de
deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. Sr. D LOURDES CANTON
PLAZA. Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO-JUEZ
EL/LA SECRETARIO/A
En ALMERIA, a nueve de abril de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/13.056/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210510-233
Y para que sirva de notificación al demandado LESSORS GESTION DE ALQUILERES SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el
BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las
siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto,
sentencia, o se trate de emplazamientos.
B.O.C.M. Núm. 110
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MAYO DE 2021
Pág. 393
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
233
ALMERÍA NÚMERO 2
EDICTO
D/Dª BEATRIZ ROMERO CASTILLO, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE ALMERÍA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 89/2020 a
instancia de la parte actora D/Dª. ISABEL MARÍA CARMONA RICO contra LESSORS
GESTION DE ALQUILERES SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 9/04/21 del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
S.Sª. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución de la sentencia dictada en estas actuaciones con fecha 17/06/20 y auto de extinción de la relación laboral de 17/02/21, despachándose la misma a favor de D. ISABEL MARÍA CARMONA RICO, contra LESSORS GESTION DE ALQUILERES SL por la cantidad de 25.871,81 euros (2.941,19 euros de
cantidad establecida en sentencia, más 294,12 de interés por mora, más 2.373,25 euros de
indemnización y 20.263,25 de salarios de tramitación fijados en autos de extinción) en concepto de principal, más la de 2.587,18 euros calculados de intereses y costas, siguiéndose
la via de apremio sobre sus bienes, derechos o acciones hasta hacer pago a los ejecutantes
de las cantidades citadas.
Consúltense y obténganse de la aplicación de la AEAT, la TGSS, y, en su caso domicilio Fiscal de empresas acreedoras de la ejecutada, así como los datos oportunos imprescindibles a fin de asegurar la efectividad de la presente ejecución.
Notifiquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma
podrá interponerse en el plazo de TRES DIAS RECURSO DE REPOSICION, en el que,
además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos,
extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de
deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma el Iltmo. Sr. D LOURDES CANTON
PLAZA. Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO-JUEZ
EL/LA SECRETARIO/A
En ALMERIA, a nueve de abril de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/13.056/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210510-233
Y para que sirva de notificación al demandado LESSORS GESTION DE ALQUILERES SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el
BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las
siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto,
sentencia, o se trate de emplazamientos.