D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20210510-27)
Convenio –  Convenio de 21 de abril de 2021, entre el Servicio Madrileño de Salud y el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid para la preparación, como fórmula magistral, de metadona y su dispensación, a través de las oficinas de farmacia, a los pacientes derivados por los Centros de Atención Integral a Drogodependientes (CAID)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 110

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE MAYO DE 2021

Pág. 107

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
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CONVENIO de 21 de abril de 2021, entre el Servicio Madrileño de Salud y el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid para la preparación, como fórmula
magistral, de metadona y su dispensación, a través de las oficinas de farmacia,
a los pacientes derivados por los Centros de Atención Integral a Drogodependientes (CAID).
REUNIDOS

De una parte, don Juan Jorge González Armengol, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Director General del Servicio Madrileño de Salud, nombrado mediante Decreto 90/2020, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno en su nombre y en representación del
Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3 del Decreto 307/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, el artículo 1.2 del Decreto 308/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento
del Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio
Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020,
por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra parte, don Luis Joaquín González Díez, Presidente del Colegio Oficial de
Farmacéuticos de Madrid (en adelante, COFM), de acuerdo a lo establecido en los artículos 1.3 y 5 de la Ley 2/1974, de Colegios Profesionales, el artículo 13 de la Ley 19/1997,
de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid y los artículos 6.1 b y 37 de sus vigentes estatutos, publicados por Orden 1157/2013, de 30 de abril, de la Consejería de Presidencia Justicia y Portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid.
Ambos en representación de las Instituciones a las que pertenecen, y en uso de las facultades que por sus cargos tienen conferidas
MANIFIESTAN
Primero
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 del Decreto 308/2019, de 26
de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del
Servicio Madrileño de Salud, el órgano de dirección del Servicio Madrileño de Salud es el
Director General que, a su vez, será el titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria.

Que la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de
Madrid, en su artículo 2.3 b), recoge, entre sus principios rectores, la concepción integral
del sistema sanitario, incluyendo la promoción de la salud, la educación sanitaria, la prevención, la asistencia en caso de enfermedad, la rehabilitación, la investigación y la formación sanitaria.
Tercero
Que el Servicio Madrileño de Salud, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 24/2008,
de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio
Madrileño de Salud tiene, entre otros fines, la atención integral de la salud de todos los ámbitos asistenciales.

BOCM-20210510-27

Segundo