Madrid número 14 (BOCM-20210507-128)
Ejecución 39/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
Pág. 569
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
128
MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADA DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 39/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D. JOAO CABRAL MATOS CARVALHO frente a ANTIESTATICO EUROPA SL, EXCLUSIVE EVENTS SPAGNE SL y THE AGENCY EXCLUSIVE MODELS SL sobre
Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución
SE ALZAN LOS EMBARGOS acordado en la presente ejecución de los saldos en las
entidades obtenidas vía telemática a través del Punto Neutro Judicial, así como las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tuviera pendientes de devolver a la parte ejecutada.
A tal efecto, álcense telemáticamente los embargos trabados
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL
DILIGENCIA.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. .Doy fe.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN LIQUIDACIÓN DE INTERESES
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL
En Madrid, a nueve de abril de dos mil veintiuno.
Hágase entrega al ejecutante de la cantidad de 1.015,30 euros en concepto de principal, el cual queda saldado. Para ello, deberá comunicar (a la mayor brevedad posible) un
número de cuenta donde transferírsela. Transferencia que se realizará una vez se publique
en el boletín, y sea firme, el auto despachando ejecución.
Practíquese por el Letrado/a de la Admón. de Justicia la liquidación de los intereses legales devengados en las presentes actuaciones.
Practicada la misma, por importe de 18,62 euros dese traslado a las partes, haciéndoles saber que en el plazo de DIEZ DÍAS pueden impugnarla por escrito ante este Juzgado.
Pasado dicho plazo, se entenderá aprobada sin ulterior recurso.
Así mismo, practíquese por el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia tasación de costas, a cuyo efecto requiérase a la parte demandante para que el plazo de CINCO DÍAS inste lo que a su derecho convenga, presentando en su caso todos los justificantes que estime
oportunos de gastos de esta fase de ejecución. Adviértasele que, conforme el artículo 244.2
de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), una vez acordado el traslado a que se refiere el apartado 1 de dicho artículo, no se admitirá la inclusión o adición a la misma de partida alguna, sin perjuicio de su derecho para reclamarla, si le conviene, de quien y como corresponda.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe
BOCM-20210507-128
PARTE DISPOSITIVA DECRETO ALZAMIENTO EMBARGO
B.O.C.M. Núm. 108
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 7 DE MAYO DE 2021
Pág. 569
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
128
MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADA DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 39/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D. JOAO CABRAL MATOS CARVALHO frente a ANTIESTATICO EUROPA SL, EXCLUSIVE EVENTS SPAGNE SL y THE AGENCY EXCLUSIVE MODELS SL sobre
Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución
SE ALZAN LOS EMBARGOS acordado en la presente ejecución de los saldos en las
entidades obtenidas vía telemática a través del Punto Neutro Judicial, así como las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tuviera pendientes de devolver a la parte ejecutada.
A tal efecto, álcense telemáticamente los embargos trabados
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL
DILIGENCIA.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. .Doy fe.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN LIQUIDACIÓN DE INTERESES
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL
En Madrid, a nueve de abril de dos mil veintiuno.
Hágase entrega al ejecutante de la cantidad de 1.015,30 euros en concepto de principal, el cual queda saldado. Para ello, deberá comunicar (a la mayor brevedad posible) un
número de cuenta donde transferírsela. Transferencia que se realizará una vez se publique
en el boletín, y sea firme, el auto despachando ejecución.
Practíquese por el Letrado/a de la Admón. de Justicia la liquidación de los intereses legales devengados en las presentes actuaciones.
Practicada la misma, por importe de 18,62 euros dese traslado a las partes, haciéndoles saber que en el plazo de DIEZ DÍAS pueden impugnarla por escrito ante este Juzgado.
Pasado dicho plazo, se entenderá aprobada sin ulterior recurso.
Así mismo, practíquese por el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia tasación de costas, a cuyo efecto requiérase a la parte demandante para que el plazo de CINCO DÍAS inste lo que a su derecho convenga, presentando en su caso todos los justificantes que estime
oportunos de gastos de esta fase de ejecución. Adviértasele que, conforme el artículo 244.2
de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), una vez acordado el traslado a que se refiere el apartado 1 de dicho artículo, no se admitirá la inclusión o adición a la misma de partida alguna, sin perjuicio de su derecho para reclamarla, si le conviene, de quien y como corresponda.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe
BOCM-20210507-128
PARTE DISPOSITIVA DECRETO ALZAMIENTO EMBARGO