D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210503-3)
Convenio – Convenio de colaboración de 14 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, la Universidad Autónoma de Madrid, la Universidad Europea de Madrid y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario “La Paz”, para el mantenimiento y desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario “La Paz” (IdiPAZ)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 104
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE MAYO DE 2021
Pág. 43
Los acuerdos, que se transcribirán en el Libro de Actas, serán autorizados por el Presidente/a o quien haya presidido la reunión y el Secretario/a, y se aprobarán en la misma o
siguiente reunión del Consejo Rector.
Cuando alguno de los asistentes pretendiera que se recoja la transcripción literal y
exacta de su intervención, presentará ésta por escrito, para que el secretario deje constancia
de la misma, anexándola al acta.
Décima
Comisión Delegada
La Comisión Delegada es el órgano de gobierno ejecutivo del IdiPAZ.
La Comisión Delegada estará formada por los siguientes miembros:
El/la Director/a Gerente del HULP, que actuará como Presidente/a.
El/la Director/a del HUG.
El/la Director/a Científico/a del IdiPAZ.
El/la Subdirector/a Científico/a del IdiPAZ.
El/la Subdirector/a Técnico/a del IdiPAZ.
Un/una investigador/a estabilizado/a del IdiPAZ, designado/a por el Consejo Rector a propuesta del/ de la Director/a Científico/a.
— Dos representantes del HULP, designados por su Director/a Gerente.
— Un representante del HUG, designados por su Director/a Gerente.
— Un representante de la UAM, designado por su Rector/a.
— Un representante de la UEM, designado por su Rector/a.
— El/la Decano/a de la Facultad de Medicina de la UAM.
— El/la Director/a de la Fundación, con voz, pero sin voto, que actuará como Secretario/a.
3. La Comisión Delegada tendrá las siguientes funciones:
— Revisar los programas operativos anuales y las memorias anuales de actividad.
— Estudiar los presupuestos, el estado de cuentas y otros informes preceptivos.
— Evaluar la ejecución y la operatividad de las actividades.
— Revisar anualmente los mecanismos de integración de las diferentes entidades que
conforman el IdiPAZ.
— Realizar la revisión del sistema de gestión, actividades y resultados.
— Aprobar las acciones de mejora planteadas.
— Solicitar y analizar la evaluación de los grupos o investigadores de las entidades
asociadas.
— Cualquier otra que le delegue el Consejo Rector.
4. El funcionamiento de la Comisión Delegada, será el siguiente:
Los miembros de la Comisión Delegada que ostenten esta condición por razón de su
cargo o puesto únicamente formarán parte de la Comisión Delegada durante el tiempo que
lo desempeñen, siendo sustituidos por la persona que le suceda en el mismo.
El resto de miembros de la Comisión Delegada serán nombrados y cesados por las entidades que representan. El nombramiento se hará por un periodo de cuatro años, sin perjuicio de que los miembros puedan ser reelegidos y sustituidos.
La Comisión Delegada se reunirá tantas veces como sea solicitado por la Dirección
Científica o la Dirección de la Fundación, según las necesidades detectadas para el correcto funcionamiento del IdiPAZ, o al menos, con una periodicidad anual.
La Comisión Delegada quedará válidamente constituida cuando se encuentren presentes al menos la mayoría de los miembros con voz y voto de la misma.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos presentes o representados.
Solo se podrán adoptar acuerdos sobre los asuntos que figuren en el orden del día o sobre aquellos otros que, al inicio de la sesión y estando presentes todos los miembros de la
Comisión, sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría.
Los acuerdos, que se transcribirán en el Libro de Actas, serán certificados por quienes
hayan ejercido la Presidencia y la Secretaria, y se aprobarán en la misma o en la siguiente
reunión de la Comisión Delegada.
Cuando alguno de los asistentes pretendiera que se recoja la transcripción literal y
exacta de su intervención, presentará esta por escrito, para dejar constancia literal de la misma, anexándola al acta.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 3 DE MAYO DE 2021
Pág. 43
Los acuerdos, que se transcribirán en el Libro de Actas, serán autorizados por el Presidente/a o quien haya presidido la reunión y el Secretario/a, y se aprobarán en la misma o
siguiente reunión del Consejo Rector.
Cuando alguno de los asistentes pretendiera que se recoja la transcripción literal y
exacta de su intervención, presentará ésta por escrito, para que el secretario deje constancia
de la misma, anexándola al acta.
Décima
Comisión Delegada
La Comisión Delegada es el órgano de gobierno ejecutivo del IdiPAZ.
La Comisión Delegada estará formada por los siguientes miembros:
El/la Director/a Gerente del HULP, que actuará como Presidente/a.
El/la Director/a del HUG.
El/la Director/a Científico/a del IdiPAZ.
El/la Subdirector/a Científico/a del IdiPAZ.
El/la Subdirector/a Técnico/a del IdiPAZ.
Un/una investigador/a estabilizado/a del IdiPAZ, designado/a por el Consejo Rector a propuesta del/ de la Director/a Científico/a.
— Dos representantes del HULP, designados por su Director/a Gerente.
— Un representante del HUG, designados por su Director/a Gerente.
— Un representante de la UAM, designado por su Rector/a.
— Un representante de la UEM, designado por su Rector/a.
— El/la Decano/a de la Facultad de Medicina de la UAM.
— El/la Director/a de la Fundación, con voz, pero sin voto, que actuará como Secretario/a.
3. La Comisión Delegada tendrá las siguientes funciones:
— Revisar los programas operativos anuales y las memorias anuales de actividad.
— Estudiar los presupuestos, el estado de cuentas y otros informes preceptivos.
— Evaluar la ejecución y la operatividad de las actividades.
— Revisar anualmente los mecanismos de integración de las diferentes entidades que
conforman el IdiPAZ.
— Realizar la revisión del sistema de gestión, actividades y resultados.
— Aprobar las acciones de mejora planteadas.
— Solicitar y analizar la evaluación de los grupos o investigadores de las entidades
asociadas.
— Cualquier otra que le delegue el Consejo Rector.
4. El funcionamiento de la Comisión Delegada, será el siguiente:
Los miembros de la Comisión Delegada que ostenten esta condición por razón de su
cargo o puesto únicamente formarán parte de la Comisión Delegada durante el tiempo que
lo desempeñen, siendo sustituidos por la persona que le suceda en el mismo.
El resto de miembros de la Comisión Delegada serán nombrados y cesados por las entidades que representan. El nombramiento se hará por un periodo de cuatro años, sin perjuicio de que los miembros puedan ser reelegidos y sustituidos.
La Comisión Delegada se reunirá tantas veces como sea solicitado por la Dirección
Científica o la Dirección de la Fundación, según las necesidades detectadas para el correcto funcionamiento del IdiPAZ, o al menos, con una periodicidad anual.
La Comisión Delegada quedará válidamente constituida cuando se encuentren presentes al menos la mayoría de los miembros con voz y voto de la misma.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos presentes o representados.
Solo se podrán adoptar acuerdos sobre los asuntos que figuren en el orden del día o sobre aquellos otros que, al inicio de la sesión y estando presentes todos los miembros de la
Comisión, sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría.
Los acuerdos, que se transcribirán en el Libro de Actas, serán certificados por quienes
hayan ejercido la Presidencia y la Secretaria, y se aprobarán en la misma o en la siguiente
reunión de la Comisión Delegada.
Cuando alguno de los asistentes pretendiera que se recoja la transcripción literal y
exacta de su intervención, presentará esta por escrito, para dejar constancia literal de la misma, anexándola al acta.
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