C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN (BOCM-20210423-16)
Autorización centro universitario – Decreto 61/2021, de 21 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza el inicio de actividades de la Universidad privada CUNEF Universidad y se aprueban sus Normas de Organización y Funcionamiento
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 102
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 96
h) Hacer propuestas y formular reclamaciones sobre el funcionamiento y la calidad
de la enseñanza.
i) Recibir un trato no sexista.
j) Recibir formación en el uso y seguridad de los medios digitales y en la garantía de
los derechos fundamentales en Internet.
Artículo 51
Deberes de los estudiantes
1. Los estudiantes de CUNEF Universidad tienen como principales deberes:
a) Comprometerse con su formación aportando el esfuerzo necesario según los niveles específicos de exigencia de CUNEF Universidad.
b) Asistir y participar activamente en las clases teóricas y prácticas, así como en cualquier otra actividad organizada por CUNEF Universidad.
c) Respetar las normas de disciplina académica general y específicamente aquellas
normas que establezca CUNEF Universidad.
d) Cooperar con el resto de la comunidad universitaria en la consecución de los fines
de CUNEF Universidad y en la conservación y mejora de los servicios que esta
presta.
e) Asumir las responsabilidades que se deriven de los cargos representativos para los
que hayan sido elegidos.
Artículo 52
Becas y ayudas
1. CUNEF Universidad o los organismos o fundaciones relacionados con la misma,
convocarán anualmente becas y ayudas para cursar estudios en ella, para facilitar los estudios en otros centros con los que se tienen acuerdos, así como subvenciones para la realización de actividades culturales, sociales y deportivas por los estudiantes.
Artículo 53
Representación y participación de los estudiantes
1. La representación de los estudiantes en CUNEF Universidad se articula a través
de la Comisión de Participación y se garantizará, en los términos previstos por la legislación vigente y de aplicación, mediante el oportuno Reglamento de Participación de los Estudiantes que CUNEF Universidad aprobará conforme a lo que aquí se establece.
TÍTULO VI
De la investigación
Artículo 54
1. La investigación es el fundamento esencial de la docencia y una herramienta primordial para el desarrollo social mediante la transferencia de sus resultados a la sociedad.
Tiene como finalidad impulsar el avance, la preservación y la difusión del conocimiento,
contribuyendo al desarrollo cultural, económico y social.
2. CUNEF Universidad asume, entre sus objetivos esenciales, la investigación científica y la transferencia de sus resultados, así como la formación de investigadores y de personal de apoyo a ambas tareas, teniendo en cuenta las especificidades propias de cada uno
de los campos del conocimiento.
3. La investigación es un derecho y un deber del personal docente e investigador de
CUNEF Universidad que este ejercerá con libertad. CUNEF Universidad reconoce y garantiza la libertad de investigación de todo su personal, sin más limitaciones que las derivadas
del ordenamiento jurídico y el uso racional de sus recursos.
4. CUNEF Universidad promoverá la investigación de excelencia y la transferencia del
conocimiento, y apoyará y facilitará la dedicación a la investigación de la totalidad del personal docente e investigador mediante la participación en proyectos de investigación financiados bajo el principio de concurrencia competitiva, de carácter nacional e internacional.
BOCM-20210423-16
Investigación y transferencia del conocimiento
Pág. 102
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE ABRIL DE 2021
B.O.C.M. Núm. 96
h) Hacer propuestas y formular reclamaciones sobre el funcionamiento y la calidad
de la enseñanza.
i) Recibir un trato no sexista.
j) Recibir formación en el uso y seguridad de los medios digitales y en la garantía de
los derechos fundamentales en Internet.
Artículo 51
Deberes de los estudiantes
1. Los estudiantes de CUNEF Universidad tienen como principales deberes:
a) Comprometerse con su formación aportando el esfuerzo necesario según los niveles específicos de exigencia de CUNEF Universidad.
b) Asistir y participar activamente en las clases teóricas y prácticas, así como en cualquier otra actividad organizada por CUNEF Universidad.
c) Respetar las normas de disciplina académica general y específicamente aquellas
normas que establezca CUNEF Universidad.
d) Cooperar con el resto de la comunidad universitaria en la consecución de los fines
de CUNEF Universidad y en la conservación y mejora de los servicios que esta
presta.
e) Asumir las responsabilidades que se deriven de los cargos representativos para los
que hayan sido elegidos.
Artículo 52
Becas y ayudas
1. CUNEF Universidad o los organismos o fundaciones relacionados con la misma,
convocarán anualmente becas y ayudas para cursar estudios en ella, para facilitar los estudios en otros centros con los que se tienen acuerdos, así como subvenciones para la realización de actividades culturales, sociales y deportivas por los estudiantes.
Artículo 53
Representación y participación de los estudiantes
1. La representación de los estudiantes en CUNEF Universidad se articula a través
de la Comisión de Participación y se garantizará, en los términos previstos por la legislación vigente y de aplicación, mediante el oportuno Reglamento de Participación de los Estudiantes que CUNEF Universidad aprobará conforme a lo que aquí se establece.
TÍTULO VI
De la investigación
Artículo 54
1. La investigación es el fundamento esencial de la docencia y una herramienta primordial para el desarrollo social mediante la transferencia de sus resultados a la sociedad.
Tiene como finalidad impulsar el avance, la preservación y la difusión del conocimiento,
contribuyendo al desarrollo cultural, económico y social.
2. CUNEF Universidad asume, entre sus objetivos esenciales, la investigación científica y la transferencia de sus resultados, así como la formación de investigadores y de personal de apoyo a ambas tareas, teniendo en cuenta las especificidades propias de cada uno
de los campos del conocimiento.
3. La investigación es un derecho y un deber del personal docente e investigador de
CUNEF Universidad que este ejercerá con libertad. CUNEF Universidad reconoce y garantiza la libertad de investigación de todo su personal, sin más limitaciones que las derivadas
del ordenamiento jurídico y el uso racional de sus recursos.
4. CUNEF Universidad promoverá la investigación de excelencia y la transferencia del
conocimiento, y apoyará y facilitará la dedicación a la investigación de la totalidad del personal docente e investigador mediante la participación en proyectos de investigación financiados bajo el principio de concurrencia competitiva, de carácter nacional e internacional.
BOCM-20210423-16
Investigación y transferencia del conocimiento