D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210422-14)
Convenio –  Convenio de colaboración de 5 de abril de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Camilo José Cela para la formación práctico clínica de los alumnos del grado de Enfermería
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 95

JUEVES 22 DE ABRIL DE 2021

Pág. 91

ANEXO I
CENTROS ADSCRITOS
1. HOSPITALES
-

Hospital Universitario “Puerta de Hierro-Majadahonda”

-

Hospital de La Fuenfría

-

Hospital de El Escorial

-

Hospital de Guadarrama

2. CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA
-

CS Cercedilla

-

CS Collado Villalba Estación

-

CS Guadarrama

-

CS Valle de la Oliva

-

CS Párroco Julio Morate

ANEXO II
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la información suministrada y creada entre ellas.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible de ser revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de este convenio.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a la información y material facilitado y recibido en virtud del presente convenio de forma indefinida tras su
finalización.
CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan con respecto a la información y material que hayan podido recibir como
consecuencia de este convenio a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución motivada en
los términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a
la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y
de Participación de la Comunidad de Madrid.
c) Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de aprobación
escrita de las partes y únicamente en los términos de tal aprobación.

e) No utilizar la información o fragmentos de ésta para fines distintos de la ejecución de este
convenio.
f) Cumplir con todos los términos fijados en el presente acuerdo y muy especialmente aquellos relativos a las cláusulas sobre confidencialidad y obligación de secreto, manteniendo
esta confidencialidad y evitando revelar la información a toda persona que no sea empleado
o subcontratado.
Las partes serán responsables ante el incumplimiento de esta obligación, ya sea por sus empleados, voluntarios o por subcontratados, etc.

BOCM-20210422-14

d) Se restringirá el acceso a la información a sus empleados y colaboradores, salvo en la medida en que razonablemente puedan necesitarla para el cumplimiento de sus tareas acordadas.