Leganés (BOCM-20210412-46)
Régimen económico. Bases subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 86
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021
Pág. 307
Para la valoración del proyecto se tendrá en cuenta:
1. Adecuación del proyecto/actividad a las líneas de actuación recogidas en las bases, desarrollo,
contenidos, metodología, cronograma y cooperación entre entidades, rellenando según el modelo
Anexo II. Hasta un máximo de 2 puntos
2. Si el proyecto/actividad se destina prioritariamente a las mujeres o población en general y no
únicamente a asociadas/os. Máximo de 1 punto
3. Si la entidad se presenta únicamente a la convocatoria de subvenciones en el área de Igualdad.
Máximo 1 punto
4. Si se es, una asociación/entidad perteneciente al Consejo Sectorial de Igualdad y con una
asistencia regular al mismo. Máximo de 1 puntos si pertenece y asiste.
Estos criterios deben estar recogidos en el proyecto presentado por la Asociación y posteriormente
justificados en la memoria, para poder ser valorados. Cada una de los proyectos o actividades
presentadas por las Asociaciones o Entidades será puntuada según la anterior valoración, y la
valoración de las bases generales. Entre ambas valoraciones supone un máximo de 10 puntos por
proyecto.
Una vez sumados todos los puntos, se obtendrá el valor económico de cada punto dividiendo el
100% del crédito presupuestario entre los puntos totales obtenidos por todas las asociaciones.
Realizada esta operación, el valor de cada punto se multiplicará por los puntos totales obtenidos por
cada una de las asociaciones para obtener así el importe total de la subvención a percibir. (Se
aplicará redondeo en las cantidades para evitar los céntimos).
IMPORTANTE: las facturas que se presenten para la justificación del proyecto han de
corresponderse con alguna de las actividades que se recojan en este proyecto, así como
posteriormente en la memoria. Solo se podrán presentar facturas sobre actividades previstas
en el proyecto.
La valoración de cada uno de los proyectos correrá a cargo del Equipo Técnico del Área de Igualdad.
4. DOTACIÓN ECONÓMICA
La dotación económica de la presente convocatoria será de 20.000 € (VEINTE MIL EUROS) de la
partida 09/2311/489.01
BASES ESPECÍFICAS OBJETO DE SUBVENCIÓN DENTRO DEL ÁREA DE JUVENTUD PARA
EL AÑO 2021
1.
OBJETO
Las presentes bases específicas tienen como finalidad apoyar a las entidades sociales y
asociaciones sin ánimo de lucro que quieren actuar o actúan habitualmente en el municipio de
Leganés en el ámbito de actuación propio del Área de Juventud, orientando su acción al
cumplimiento de la MISION del área publicada en www.dejovenesleganes.es.
Objetivo 1: Favorecer el desarrollo Integral de l@s jóvenes de Leganés, es decir su bienestar físico,
su bienestar emocional y el desarrollo del pensamiento crítico.
Objetivo 2: Favorecer el protagonismo de los y las jóvenes de Leganés, tratando de capacitarles
para la toma de decisiones y la asunción de responsabilidades y los compromisos que les permitan
adquirir libertad y autonomía.
Objetivo 3: Favorecer el protagonismo colectivo de l@s jóvenes de Leganés mediante la
participación activa para la transformación de su entorno (personas y espacios).
PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACTIVIDADES OBJETO DE SUBVENCIÓN
Los proyectos deben estar dirigidos exclusivamente a jóvenes de edades comprendidas entre 14 y
35 años y deben contribuir preferentemente a atender a algunas de las siguientes líneas
estratégicas de actuación:
x
x
Promocionar la participación de jóvenes en el territorio (barrio o municipio)
Promocionar la participación de jóvenes desde los centros de educación secundaria
(proyectos extraescolares, en valores o comunitarios).
BOCM-20210412-46
2.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 86
LUNES 12 DE ABRIL DE 2021
Pág. 307
Para la valoración del proyecto se tendrá en cuenta:
1. Adecuación del proyecto/actividad a las líneas de actuación recogidas en las bases, desarrollo,
contenidos, metodología, cronograma y cooperación entre entidades, rellenando según el modelo
Anexo II. Hasta un máximo de 2 puntos
2. Si el proyecto/actividad se destina prioritariamente a las mujeres o población en general y no
únicamente a asociadas/os. Máximo de 1 punto
3. Si la entidad se presenta únicamente a la convocatoria de subvenciones en el área de Igualdad.
Máximo 1 punto
4. Si se es, una asociación/entidad perteneciente al Consejo Sectorial de Igualdad y con una
asistencia regular al mismo. Máximo de 1 puntos si pertenece y asiste.
Estos criterios deben estar recogidos en el proyecto presentado por la Asociación y posteriormente
justificados en la memoria, para poder ser valorados. Cada una de los proyectos o actividades
presentadas por las Asociaciones o Entidades será puntuada según la anterior valoración, y la
valoración de las bases generales. Entre ambas valoraciones supone un máximo de 10 puntos por
proyecto.
Una vez sumados todos los puntos, se obtendrá el valor económico de cada punto dividiendo el
100% del crédito presupuestario entre los puntos totales obtenidos por todas las asociaciones.
Realizada esta operación, el valor de cada punto se multiplicará por los puntos totales obtenidos por
cada una de las asociaciones para obtener así el importe total de la subvención a percibir. (Se
aplicará redondeo en las cantidades para evitar los céntimos).
IMPORTANTE: las facturas que se presenten para la justificación del proyecto han de
corresponderse con alguna de las actividades que se recojan en este proyecto, así como
posteriormente en la memoria. Solo se podrán presentar facturas sobre actividades previstas
en el proyecto.
La valoración de cada uno de los proyectos correrá a cargo del Equipo Técnico del Área de Igualdad.
4. DOTACIÓN ECONÓMICA
La dotación económica de la presente convocatoria será de 20.000 € (VEINTE MIL EUROS) de la
partida 09/2311/489.01
BASES ESPECÍFICAS OBJETO DE SUBVENCIÓN DENTRO DEL ÁREA DE JUVENTUD PARA
EL AÑO 2021
1.
OBJETO
Las presentes bases específicas tienen como finalidad apoyar a las entidades sociales y
asociaciones sin ánimo de lucro que quieren actuar o actúan habitualmente en el municipio de
Leganés en el ámbito de actuación propio del Área de Juventud, orientando su acción al
cumplimiento de la MISION del área publicada en www.dejovenesleganes.es.
Objetivo 1: Favorecer el desarrollo Integral de l@s jóvenes de Leganés, es decir su bienestar físico,
su bienestar emocional y el desarrollo del pensamiento crítico.
Objetivo 2: Favorecer el protagonismo de los y las jóvenes de Leganés, tratando de capacitarles
para la toma de decisiones y la asunción de responsabilidades y los compromisos que les permitan
adquirir libertad y autonomía.
Objetivo 3: Favorecer el protagonismo colectivo de l@s jóvenes de Leganés mediante la
participación activa para la transformación de su entorno (personas y espacios).
PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACTIVIDADES OBJETO DE SUBVENCIÓN
Los proyectos deben estar dirigidos exclusivamente a jóvenes de edades comprendidas entre 14 y
35 años y deben contribuir preferentemente a atender a algunas de las siguientes líneas
estratégicas de actuación:
x
x
Promocionar la participación de jóvenes en el territorio (barrio o municipio)
Promocionar la participación de jóvenes desde los centros de educación secundaria
(proyectos extraescolares, en valores o comunitarios).
BOCM-20210412-46
2.