Boadilla del Monte (BOCM-20210317-36)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 294
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 64
De conformidad con el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por
el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, los aspirantes aprobados por el Tribunal y que hayan sido admitidos al proceso por el cupo de discapacidad, podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas, por motivos de dependencia
personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser debidamente
acreditados. El órgano convocante decidirá dicha alteración cuando se encuentre debidamente justificado, y deberá limitarse a realizar la mínima modificación en el orden de prelación necesaria para posibilitar el acceso al puesto de la persona discapacitada.
15.2. Adaptación de puestos: En la solicitud de adjudicación de destino correspondiente a pruebas de nuevo ingreso o promoción interna, los aspirantes con discapacidad propuestos por el Tribunal podrán pedir la adaptación del puesto de trabajo correspondiente. A
la solicitud deberán acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia que acredite la procedencia de la adaptación.
16.
Nombramiento como funcionarios de carrera
16.1. Concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios
de carrera mediante resolución del Sr. Alcalde-Presidente o Concejal Delegado, la cual se
publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación del destino adjudicado.
16.2. La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento como funcionarios de carrera en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
17.
Formación de listas de espera
Una vez finalizados los procesos selectivos de las convocatorias singulares, no se formarán listas de espera para el llamamiento de funcionarios interinos.
18.
Datos de carácter personal
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos
personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital del
Ayuntamiento de Boadilla del Monte y en la Página Web Municipal, cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser objeto de publicación son: el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad
o documento equivalente, en la forma prevista legalmente.
19.
Recursos
PROGRAMA
MATERIAS COMUNES
1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Derechos y deberes
fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión.
2. El Gobierno y la Administración en la Constitución. La Ley 50/97 de 27 de noviembre del Gobierno. Órganos Centrales y órganos Territoriales.
BOCM-20210317-36
Las presentes bases vinculan a la Administración, al Tribunal Calificador y a quienes
participen en el proceso de selección, y tanto la presente convocatoria como sus bases y
cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal Calificador podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determina la
Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y Ley 39/2015 del 1 de
octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así
como en su caso en la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Pág. 294
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 64
De conformidad con el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por
el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, los aspirantes aprobados por el Tribunal y que hayan sido admitidos al proceso por el cupo de discapacidad, podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas, por motivos de dependencia
personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser debidamente
acreditados. El órgano convocante decidirá dicha alteración cuando se encuentre debidamente justificado, y deberá limitarse a realizar la mínima modificación en el orden de prelación necesaria para posibilitar el acceso al puesto de la persona discapacitada.
15.2. Adaptación de puestos: En la solicitud de adjudicación de destino correspondiente a pruebas de nuevo ingreso o promoción interna, los aspirantes con discapacidad propuestos por el Tribunal podrán pedir la adaptación del puesto de trabajo correspondiente. A
la solicitud deberán acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia que acredite la procedencia de la adaptación.
16.
Nombramiento como funcionarios de carrera
16.1. Concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios
de carrera mediante resolución del Sr. Alcalde-Presidente o Concejal Delegado, la cual se
publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación del destino adjudicado.
16.2. La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento como funcionarios de carrera en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
17.
Formación de listas de espera
Una vez finalizados los procesos selectivos de las convocatorias singulares, no se formarán listas de espera para el llamamiento de funcionarios interinos.
18.
Datos de carácter personal
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos
personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital del
Ayuntamiento de Boadilla del Monte y en la Página Web Municipal, cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento.
Por aplicación del principio de especialidad, los datos personales que podrán ser objeto de publicación son: el nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad
o documento equivalente, en la forma prevista legalmente.
19.
Recursos
PROGRAMA
MATERIAS COMUNES
1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Derechos y deberes
fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión.
2. El Gobierno y la Administración en la Constitución. La Ley 50/97 de 27 de noviembre del Gobierno. Órganos Centrales y órganos Territoriales.
BOCM-20210317-36
Las presentes bases vinculan a la Administración, al Tribunal Calificador y a quienes
participen en el proceso de selección, y tanto la presente convocatoria como sus bases y
cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal Calificador podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas que determina la
Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y Ley 39/2015 del 1 de
octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así
como en su caso en la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.